Sentencia de Tutela30 de mayo de 2000
T-633 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Ramon Enrique Gomez
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. No Se Realiza Cirugia De Oido A Menor Por Mora Del Patrono En Aportes A E.P.S. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Niño
- Omisión práctica de cirugía
Empleador
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes a seguridad social
- Mora de aportes en salud
Entidad Promotora De Salud
- Responsabilidad subsidiaria por mora en aportes a seguridad social
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Medellín, el 16 de noviembre de 1999, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Ramón Enrique Gómez contra la Saludcoop E.P.S. y, en consecuencia, conceder la protección solicitada.
- Segundo. ORDENAR al Gerente de Saludcoop, E.P.S. Regional Antioquia, que preste todos los servicios médico-asistenciales que requiera el menor Carlos Alberto Gómez Castrillón para recuperar su salud, sin perjuicio de que repita contra el Municipio de Segovia por los costos correspondientes.
- Tercero. ORDENAR a Saludcoop E.P.S. que tome las medidas legales y administrativas necesarias para que el Municipio de Segovia en su calidad de empleador del accionante, le cancele los aportes, obrero-patronales que le adeuda.
- Cuarto. Por Secretaria líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
T-259/00Derecho A La Salud. Suspension De Atencion Medica Por Mora En El Pago De Aportes. La Mora Tiene Origen En El Empleador Por Ello Es El Quien Debe Responder. Negada.C-177/98Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.