Sentencia de Tutela28 de noviembre de 1997
T-631 de 1997
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Jacobo Arturo Amador Y Otra.
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticio. Solicitud De Reconocimiento De Pension Gracia. Cajanal Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Resolución oportuna y de fondo
- Carácter excepcional de aplazamiento de respuesta
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas en primera instancia por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Barranquilla del 16 de junio de 1997 y por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de esa misma ciudad del 26 de julio del ano en curso.. En su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental de peticion de los senores Jacobo Arturo Amador Henriquez y Clara Helena Herazo Fernandez.
- Segundo. ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social -Cajanal- Seccional Atlantico, o a la oficina correspondiente para que en el termino de ocho (8) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, proceda a resolver de fondo e integramente sobre la peticion ante ella elevada por los senores Jacobo Arturo Amador Henriquez y Clara Helena Herazo Fernandez, a menos que ya lo hubiere realizado.
- Tercero. PREVENIR a la Subdireccion de Prestaciones Economicas de CAJANAL para que en el futuro se abstenga de realizar los actos como los que dieron lugar a la presente accion de tutela.
- Cuarto. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por9
T-084/15Tutela de 2015T-628/00Derecho De Peticion. Reconocimiento Y Pago De Pension Gracia. Respuesta A Solicitud. ConcedidaT-682/99Derecho De Peticion Arreglo Vias Convenio Entre Alcaldias. ConcedidaT-449/99Der. De Peticion. Solicitud De Pension De Jubilacion Al I.S.S. Concedida.T-346/99Der. De Peticion. Solicitud De Cancelacion De Prestaciones Y Honorarios. Concedida.T-342/99Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Jubilacion. Caprecom. Concedida.
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.