Sentencia de Tutela26 de noviembre de 1997
T-608 de 1997
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Luis Yesid Perez Alarcon
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Discriminacion En El Pago De Cesantias Parciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Administrativo
- Expedición por autoridad inexistente
Derecho A La Igualdad
- Discriminación en el pago de cesantías parciales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCANSE los fallos proferidos por el Juzgado
- Segundo. Laboral y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, mediante los cuales se negó el amparo solicitado por LUIS YESID PEREZ ALARCON.
- Segundo. CONCEDESE la tutela del derecho a la igualdad del solicitante y, en consecuencia, ordénase al Director del Hospital "Erasmo Meoz" de Cúcuta que, si ya no lo hubiere hecho, proceda a pagar, en un término no superior a las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, el valor de la cesantía parcial reconocida a LUIS YESID PEREZ ALARCON, con la indexación correspondiente.
- Si no existiere partida presupuestal suficiente, el plazo indicado se concede para iniciar las gestiones pertinentes, de acuerdo con la ley, para que el pago se efectúe de manera inmediata.
- Tercero. DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.