Sentencia de Tutela30 de noviembre de 1995
T-571 de 1995
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Silvia Stella Monsalve Arboleda
✓
Tema · dato duro
Ders. De Los Niños. Der. A La Salud. Der. A La Vida. Tratamiento Medico. Hospital Leon Xiii. Negada Parcialmente.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Demanda De Tutela
- Protección al menor por intervención quirúrgica
Derecho A La Salud
- Suspensión de atención hospitalaria a menor
Derecho A La Seguridad Social
- Asistencia humanitaria al menor
Derecho A La Vida
- Extrema necesidad
Medio De Defensa Judicial
- Responsabilidad hospitalaria
Prevalencia De Los Derechos Del Niño
- Continuación tratamiento médico a menor
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Confirmar la sentencia del 8 de agosto de 1995, proferida por el Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Medellín, adicionándola en el sentido de ordenar al Hospital León XIII Sección Infantil del ISS de Medellín, proporcionar la atención permanente y necesaria para el menor, en las disciplinas pediátricas de acuerdo con las prescripciones formuladas por cada especialista, hasta que se logre dentro de lo posible, la recuperación completa o hasta cuando el tratamiento conduzca a un mejoramiento de su condición vital, tomando todas las medidas de carácter administrativo, médico y hospitalario para la atención del menor.
- Segundo. Comunicar lo resuelto en esta providencia al Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Medellín, para efectos del cumplimiento de la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-165/95Der. A La Vida. Der. A La Salud. Der. A La Seguridad Social. Trasplante De Medula Osea En El Exterior. Concedida.T-597/93Derecho A La Salud. Derechos De Los Niños. Daño Consumado. Prestacion De Servicios. Hosp. San Jose De Turbo. Concedida.T-374/93Derecho A La Vida. Gratuidad En El Servicio Publico De Salud. Clinica Santa Fe. Concedida.T-328/93Derecho A La Salud. Derecho A La Vida. Prestacion Medico Asistencial. Existencia De Otro Medio De Defensa. Concedida Parcialmente.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.