SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DEL MAGISTRADO GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOA LA SENTENCIA T-537 15DERECHO AL MINIMO VITAL Y PAGO OPORTUNO DE MESADAS PENSIONALES-Se debió ordenar el pago al agente oficioso, siempre y cuando se le otorgue poder por la pensionada, a través de mecanismos de notarías para autenticación de firmas (Salvamento parcial de voto) Considero que el pago de las mesadas causadas y las que se llegaren a causar solo debería efectuarse a la agente oficioso siempre y cuando, válidamente, se le otorgue poder por la pensionada en los términos que alude la sentencia en su parte motiva, es decir, haciendo uso de los mecanismos con que cuentan las notarías para prestar su servicio de autenticación frente a situaciones como la aquí dilucidada.Referencia: Expediente T-4.452.994Acción de tutela presentada por Alisson Ramírez Ortegon como agente oficiosa de la Señora Rosa Inés Ortegón de Ramírez contra Coomeva EPS.Magistrado Ponente:LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZCon el acostumbrado respeto por la postura mayoritaria de la Sala de Revisión, a continuación expongo brevemente el motivo por el cual, si bien comparto la orientación general del fallo, me aparto de la decisión adoptada en el numeral tercero de la parte resolutiva. Considero que el pago de las mesadas causadas y las que se llegaren a causar solo debería efectuarse a la agente oficioso siempre y cuando, válidamente, se le otorgue poder por la pensionada en los términos que alude la sentencia en su parte motiva, es decir, haciendo uso de los mecanismos con que cuentan las notarías para prestar su servicio de autenticación frente a situaciones como la aquí dilucidada.Fecha ut supra,GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELOMagistrado
Salvamento parcial de voto
MagistradoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Tema de la sentencia: Derecho Al Minimo Vital Y Pago Oportuno De Mesadas Pensionales.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado