Sentencia de Tutela21 de mayo de 2001
T-535 de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Julio Enoc Varela Rojas Vs.Alcalde Del Municipio De Santiago De Cali Y Otro.
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Pension Pago De Mesadas Pensionales Minimo Vitaly Proteccion A La Tercera Edad. Cancelacion De Mesada Pensional. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Derecho Al Minimo Vital
- Alcance
Persona De La Tercera Edad
- Retraso injustificado de pensión
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 15 Penal Municipal de Santiago de Cali y, en su lugar, CONCEDER la tutela incoada por Julio Enoc Varela Rojas.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde Municipal de Santiago de Cali que, dentro del término quince (15) días contados a partir de la notificación de ésta providencia, cancele las mesadas adeudadas al demandante, advirtiéndole que también podrá hacer uso del anticipo contemplado en el parágrafo 6 del artículo 2 de la Ley 549 de 1999, para lo cual dispondrá del término de un (1) mes.
- Tercero. PREVENIR a la autoridad demandada para que se apreste a cumplir lo señalado en éste fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que en lo sucesivo no repita la omisión que dio origen a la acción de tutela incoada.
- Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.