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T-531/17
Salvamento parcial de votoSentencia de Tutela T-531/1715 de agosto de 2017

Salvamento parcial de voto

MagistradoCarlos Libardo Bernal Pulido

Tema de la sentencia: Derecho A La Vivienda Digna De Victimas De Desplazamiento. Caso En Que Mujer Victima De Ataque Con Acido Solicita Vivienda.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DEL MAGISTRADO CARLOS BERNAL PULIDO DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO-El fallo no ofrece las justificaciones fácticas y jurídicas necesarias para fundamentar las medidas adoptadas en relación a subsidios de vivienda (Salvamento de voto) Sentencia T-531 del 15 de agosto de 2017Referencia: Expediente T-6.113.717Magistrado Ponente: ALBERTO ROJAS RÍOSEn atención a la decisión adoptada por la Sala Octava de Revisión en la sentencia T-531 del 15 de agosto de 2017, en el expediente de la referencia, me permito presentar Salvamento de Voto, con fundamento en las siguientes consideraciones:Si bien la ponencia descarta el hecho de que el ataque con ácido haya sido el motivo por el cual la tutelante no pudo reunir los documentos para postularse en las convocatorias de FONVIVIENDA, en todo caso se decide amparar su derecho a la vivienda digna en el sentido de ordenar a las entidades accionadas que tomen medidas para caracterización del grupo familiar de la tutelante en procura de brindarle una solución de vivienda temporal. Mi desacuerdo con esta decisión radica fundamentalmente en que el proyecto no ofrece las justificaciones fácticas y jurídicas necesarias para fundamentar las medidas adoptadas. No obstante estar en desacuerdo con la decisión sobre el fondo el asunto, comparto el sentido del exhorto consignado en el numeral cuarto de la parte resolutiva del fallo, como quiera que considero relevante ampliar la protección de las personas víctimas de violencia de género extrema en relación con el acceso prioritario a los programas de vivienda ofrecidos por el Estado.Con el debido respeto,CARLOS BERNAL PULIDOMagistrado ---pies de página--- Nombre ficticio asignado para proteger la identidad de la agenciada y su familia. Integrada por los Magistrados Hernán Correa Cardozo y Alberto Rojas Ríos. En casos anteriores, la Corte Protegió el derecho a la intimidad de los respectivos accionantes por petición expresa de ellos, o porque advirtió la necesidad de resguardar su derecho cuando se trataba. Folio 48, cuaderno de primera instancia. Folio 11-12, cuaderno de primera instancia. Folio 13, cuaderno de primera instancia. Folio 14-15, cuaderno de primera instancia. Folio 26, cuaderno de primera instancia. Folio 26, cuaderno Corte Constitucional. Folio 28, cuaderno Corte Constitucional. Sentencia T-347 de 2016. Sentencia T-983 de 2007. Sentencia T-093 de 2015 Folio 15, cuaderno de primera instancia. Folio 13, 14 y 66, cuaderno de primera instancia. (Negrilla y subraya fuera del texto original) Opinión Consultiva No. 4 del sexto período de sesiones de 1991, “El derecho a una vivienda adecuada”. Comité de derechos sociales económicos y culturales de la ONU. Sentencias T-167 de 2016, T-958 de 2001, T-791 de 2004, T-585 de 2008 y C-300 de 2011. Sentencia T-167 de 2016. Sentencias T-035 de 2017, C-299 de 2011 y C-244 de 2011 Sentencia T-583 de 2014. Ibíd. Sentencia T-388 de 2013. Sentencia T-595 de 2002; reiterada, entre otras, en las sentencias T-025 de 2004, C-351 de 2013. Sentencia T-595 de 2002. Sentencia T-388 de 2013. Ibídem. Principio 18 Introducción Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Ley 1448 de 2011. ARTÍCULO

149. GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN. (…) d). La prevención de violaciones contempladas en el artículo 3° de la presente Ley, para lo cual, ofrecerá especiales medidas de prevención a los grupos expuestos a mayor riesgo como mujeres, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y víctimas de desplazamiento forzado, que propendan superar estereotipos que favorecen la discriminación, en especial contra la mujer y la violencia contra ella en el marco del conflicto armado; s). Formulación de campañas nacionales de prevención y reprobación de la violencia contra la mujer, niños, niñas y adolescentes, por los hechos ocurridos en el marco de las violaciones contempladas en el artículo 3° de la presente ley. Sentencia T-386 de 2013. Ibídem. Sentencia T-010 de 2015. Revista Internacional de Ciencias Sociales. Violencia Extrema. Consejero editorial: Jacques Sémelin. 2002. Disponible en: http: unesdoc.unesco.org images 0012 001290 129074s.pdf Folio 15, cuaderno de primera instancia. En el que indicó que a la fecha se encuentra a la espera de nuevos subsidios de vivienda familiar por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y que la actora hace parte del programa “Mujer líder de tu propio desarrollo” encaminado a fortalecer la autonomía económica de las mujeres, sin pronunciarse respecto de los programas de vivienda en los que se encuentre vinculada la actora. Folio 39, cuaderno Corte Constitucional. Resolución 1024 de 2011, derogada por la Resolución 0691 de 2012 http: www.minvivienda.gov.co sala-de-prensa noticias 2014 agosto la-proxima-semana-vencen-13-convocatorias-para-que-desplazados-de-6-departamentos-del-pais-se-postulen-en-proyectos-de-viviendas-gratis Cfr. Auto 193 de 2011, Auto 116 de 2017 y Sentencia T-469 de 2013 Resolución 1024 de 2011, derogada por la Resolución 0691 de 2012. http: www.minvivienda.gov.co sala-de-prensa noticias 2014 agosto la-proxima-semana-vencen-13-convocatorias-para-que-desplazados-de-6-departamentos-del-pais-se-postulen-en-proyectos-de-viviendas-gratis Ley 1448 de 2011 (Ley de víctimas)