T-521 de 2025
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se cuestionaron las providencias judiciales mediante las cuales se declaró extemporáneo el recurso de apelación presentado por el actor en contra de la sentencia condenatoria proferida en primera instancia, se negó la reposición en contra de la anterior determinación y no se accedió al recurso de queja.
Se adujo que dichas decisiones incurrieron en un defecto procedimental absoluto y, en consecuencia, vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, la doble instancia y el acceso a la administración de justicia.
Se verificó el cumplimiento de los presupuestos de procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se analizó la siguiente temática: 1º.
La notificación por correo electrónico en el procedimiento especial abreviado regulado por la Ley 1826 de 2017. 2º.
La incorporación de una nueva perspectiva sobre las reglas de notificaciones, debido a la implementación de las nuevas tecnologías de la información en los procesos judiciales. 3º.
La posibilidad de realizar notificaciones electrónicas en los procesos penales. 4º.
La aplicación del principio de integración para garantizar el derecho al debido proceso, la doble instancia y el acceso a la administración de justicia en el procedimiento especial abreviado.
Se CONCEDIÓ el amparo invocado, se dejaron sin efecto los fallos censurados y se ordenó a las autoridades judiciales involucradas dar trámite a la apelación presentada por el peticionario en contra de la sentencia condenatoria adoptada en el marco del proceso penal seguido en su contra.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de 22 de enero de 2025 proferida por la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que revoc� el fallo proferido el 12 de diciembre de 2024 por la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, neg� la solicitud de tutela promovida por Jean Carlo Ricci Rivera contra el Juzgado 001 Penal con Funciones Mixtas de Acac�as y la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio.
- SEGUNDO. AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la doble instancia y al acceso a la administraci�n de justicia de Jean Carlo Ricci Rivera . En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS los autos de 25 de septiembre de 2024 y de 4 de octubre de 2024 proferidos por el Juzgado 001 Penal con Funciones Mixtas de Acac�as y el auto del 21 de octubre de 2024 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Villavicencio, en el marco del proceso penal con radicado No. 500066000558201801115700.
- TERCERO. ORDENAR al Juzgado 001 Penal con Funciones Mixtas de Acac�as y a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, que, dentro de los diez (10) d�as siguientes a la notificaci�n de esta providencia, den tr�mite a la apelaci�n presentada por Jean Carlo Ricci Rivera el 23 de septiembre de 2024 en contra de la sentencia condenatoria de primera instancia proferida por esa autoridad judicial el 12 de septiembre del mismo a�o, en el marco del proceso penal con radicado No. 500066000558201801115700, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente sentencia.
- CUARTO. LIBRAR , por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, la comunicaci�n de que trata el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Comun�quese y c�mplase, MIGUEL POLO ROSERO Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Magistrada ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] La Sala de Selecci�n de Tutelas N�mero Cuatro, mediante auto del 29 de abril de 2025, seleccion� para su revisi�n el expediente T-11.008.286 y lo asign� a la Sala Sexta de Revisi�n. [2] Video de audiencia de lectura del fallo, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [3] Juzgado 001 Penal Municipal con Funciones Mixtas de Acac�as , archivo 0022Memorialimpgnacion.pdf. [4] Expediente electr�nico de instancia previa, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [5] Ibidem , archivo 024ConstanciaEjecutoria.pdf. [6] Par�grafo del art�culo 9 de la Ley 2213 de 2022: � Cuando una parte acredite haber enviado un escrito del cual deba correrse traslado a los dem�s sujetos procesales, mediante la remisi�n de la copia por un canal digital, se prescindir� del traslado por Secretar�a, el cual se entender� realizado a los dos (2) d�as h�biles siguientes al del env�o del mensaje y el t�rmino respectivo empezar� a contarse cuando el iniciador recepcione acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar el acceso del destinatario al mensaje �. [7] Auto que niega el recurso de apelaci�n, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [8] Recursos de apelaci�n y queja, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [9] Auto que niega la reposici�n y da tr�mite al recurso de queja, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [10] Sustentaci�n del recurso de queja, archivo 0002Expediente_remitido.pdf [11] Auto que niega la queja, archivo 0003Anexos.pdf [12] Presentaci�n de la demanda, archivo0002Demanda.pdf. p. 21. El accionante indic� que esto ocurri� en el proceso identificado con el radicado n�mero 50001600056320140178500, que fue conocido en primera instancia por el Juzgado D�cimo Penal Municipal de Funci�n de Conocimiento de Villavicencio. [13] Ibidem , p. 22. [14] Ibidem , p. 24. [15] Auto de la Sala de Decisi�n Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, archivo Auto0004.pdf [16] Copia de ratificaci�n del poder envidad por el abogado defensor, archivo Memorial0006.pdf [17] Auto de la Sala de Decisi�n Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, archivo Auto010.pdf [18] Oficio Despacho 6 de la Sala de Decisi�n Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, archivo 0019Memorial.pdf. [19] Oficio del Juzgado 001 Penal Municipal con Funciones Mixtas de Acac�as, archivo0021Memorial.pdf. [20] Oficio Fiscal�a Local 32 de Acac�as, archivo 0016Oficio.pdf. [21] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Penal, sentencia del 12 de noviembre de 2024, Exp. STP15820-2024, archivo 0023Sentencia.pdf [22] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Penal, sentencia del 12 de noviembre de 2024, Exp. STP15820-2024, archivo 0023Sentencia.pdf [23] Impugnaci�n del Juzgado 001 Penal Municipal con Funciones Mixtas de Acac�as, archivo 0022Memorialimpgnacion.pdf. [24] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural, sentencia del 22 de enero de 2025, Exp. STC171-2025, archivo 0029Fallo_de_tutelasegunda.pdf [25] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural, Sentencia del 22 de enero de 2025, Exp. STC171-2025, archivo 0029Fallo_de_tutelasegunda.pdf. p. 5. [26] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural, Sentencia del 22 de enero de 2025, Exp. STC171-2025, archivo 0029Fallo_de_tutelasegunda.pdf. p. 10. [27] Solicitud de aclaraci�n, archivo 0006Memorial.pdf [28] Corte Suprema de Justicia, Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural, Auto ATC313-2025 del 27 de febrero de 2025, archivo 0008Auto.pdf, p. 4. [29] Auto del 29 de abril de 2025 de la Sala de Tutelas N�mero 4 de la Corte Constitucional, archivo SALA 4-2025- AUTO SALA DE SELECCION DEL 29 DE ABRIL DE 2025 - NOTIFICADO EL 13 DE MAYO DE 2025.pdf [30] Auto del 1 de julio de 2025. Invitaci�n a brindar su concepto a asociaciones y departamentos de derecho penal de universidades e instituciones de educaci�n superior. [31] Concepto del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Externado de Colombia. [32] Ibidem , p. 10. [33] Concepto del Depa