Sentencia de Tutela13 de agosto de 1992
T-497 de 1992
Ponente Simon Rodriguez Rodriguez
✓Demandante Hermogenes Martinez
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Pension De Jubilacion. Tramitomania. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia
Pension De Jubilacion
- Reajuste
5 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- F A L L A :
- Primero. Revocar la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar proferida el 27 de marzo de 1992. En su lugar se ordena al señor Gobernador del Departamento de Bolivar que en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación a él de esta sentencia, proceda a contestar la solicitud que le formuló el señor Hermógenes Martínez Mesa el 13 de enero de 1992 (fls. 34 y 35 del proceso de tutela) sobre un posible reajuste a su pensión de jubilación. Y en caso de ser procedente tal reajuste, proveer al reconocimiento y pago del mismo hasta la fecha de este fallo y de aquí en adelante.
- Segundo. Del cumplimiento de esta sentencia dará cuenta dicho Gobernador oportunamente al Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo de Bolivar.
- Tercero. Comuníquese al mencionado Tribunal la presente decisión para que sea notificada a las partes, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, con entrega a todos ellos de copia de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.