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T-452/22
Aclaración de votoSentencia de Tutela T-452/2212 de diciembre de 2022

Aclaración de voto

MagistradoAlejandro Linares Cantillo

Tema de la sentencia: Libertad De Expresión Y Prensa Frente A Los Derechos A La Honra, Buen Nombre Y Presunción De Inocencia-Discurso De Género, Escrache Y Periodismo Feminista Sobre Violencia Sexual.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO ALEJANDRO LINARES CANTILLO A LA SENTENCIA T-452/22

Referencia: Expediente T-8.407.436

Acción de tutela instaurada por Ciro Alfonso Guerra Picón contra Catalina Ruiz-Navarro y Matilde de los Milagros Londoño.

Magistrada ponente: DIANA FAJARDO RIVERA

Si bien comparto la decisión adoptada por la Sala Tercera de Revisión en la sentencia T-452 de 2022, en el sentido de no amparar los derechos fundamentales del señor Ciro Alfonso Guerra Picón, considero relevante formular una aclaración de voto sobre los siguientes tres asuntos incluidos en la decisión proferida. En primer lugar, advierto que la procedencia debió fortalecerse, en dos sentidos. Por una parte, cuestionar la manera en la que el accionante acudió a la administración de justicia; y por otra parte, el estándar de verificación del requisito de rectificación. En segundo lugar, se debieron considerar los efectos de esta sentencia frente a los estándares de veracidad que deben ser ejercidos por el periodismo feminista -aun cuando este sea un canal para la difusión del "escrache"-. Por último, considero relevante formular algunos reparos en la secuencia argumentativa que dio lugar al resolutivo tercero -acoso judicial-, así como profundizar en los potenciales efectos de la sentencia en la intervención de los procesos judiciales en curso. A continuación, procedo a exponer en detalle los anteriores argumentos que sustentan mi