Sentencia de Tutela20 de agosto de 1998
T-437 de 1998
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Jorge Eliecer Escorcia Garcia
✓
Tema · dato duro
Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Prestaciones Sociales. Cajanal. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Pronta resolución y decisión de fondo
- Carácter excepcional de aplazamiento de respuesta
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 6 de Febrero de 1998, por medio de la cual el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Barranquilla resolvio la accion de tutela interpuesta por el ciudadano JORGE ELIECER ESCORCIA GARCIA en contra de la Caja Nacional de Prevision.
- Segundo. En su lugar, CONCEDER la tutela impetrada por JORGE ELIECER ESCORCIA GARCIA y, en consecuencia, ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision CAJANAL -Subdireccion de Prestaciones Economicas- que, a mas tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, resuelva de fondo, concreta y completamente, sobre la solicitud elevada, el 20 de agosto de 1997 por el actor, si todavia no lo ha hecho.
- Tercero. La Procuraduria General de la Nacion investigara la conducta disciplinaria de los servidores publicos de CAJANAL que hubieren dado lugar a la violacion del derecho que se protege. Remitasele copia de este fallo.
- Cuarto. DESE cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.