Micelio
Sentencia de Tutela9 de octubre de 2024

T-424 de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Héctor·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar - Icbf

Tema · dato duro
Derecho A Estabilidad Laboral Relativa De Sujetos De Especial Protección (Por Razones De Salud Y Pre Pensionados) Que Ocupan Cargos En Provisionalidad-Acceso A Cargos Públicos En Concurso De Méritos (Jurisprudencia Constitucional).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Persona En Circunstancias De Debilidad Manifiesta
  • Protección especial en materia laboral
Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • Juez constitucional ordenó reubicación del accionante
Carrera Administrativa
  • Acceso mediante concurso público de méritos
Derecho A La Estabilidad Laboral Intermedia
  • Deber de motivar el acto de desvinculación de sujetos de especial protección constitucional que ocupan cargos en provisionalidad
Exhorto
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF
Prepensionado
  • Sujeto de especial protección
Trabajador Portador De Vih/Sida
  • Sujeto de especial protección constitucional
Mujer Embarazada
  • Protección constitucional especial
Acción De Tutela
  • Hecho superado por reintegro al cargo
Derecho A La Reubicacion Laboral
  • Criterios constitucionales para su viabilidad
Desvinculacion En Cargo De Carrera En Provisionalidad
  • Procedencia de tutela cuando afecta derechos fundamentales
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
14 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En tres acciones de tutela formuladas de manera independiente se tiene como hecho común que los actores trabajaban en el ICBF ocupando cargos en provisionalidad, de los cuales fueron retirados por la entidad para ubicar a personas que ostentaban derechos de carrera administrativa.

La conducta que se censuró fue que la desvinculación se dio a pesar de reunir condiciones que los acreditaban como sujetos de especial protección constitucional por las condiciones particulares que presentaban, estas son, tener diagnóstico de VIH, estar en estado de embarazo y pertenecer a la tercera edad y tener la calidad de pre pensionada.

Se estudiaron los siguientes temas: 1º jurisprudencia constitucional en relación con el principio del mérito y su función como principio rector del acceso al empleo público. 2º.

La estabilidad laboral relativa o intermedia de los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera, de cara a la situación especial de quienes se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta.

En todos los casos se declaró la carencia actual de objeto, en dos de ellos, por SITUACIÓN SOBREVINIENTE y en el otro, por HECHO SUPERADO.

Se hizo un exhorto al ICBF para que, en adelante, aplique integralmente las medidas de protección derivadas de la condición de sujeto de especial protección de quienes desempeñan cargos en provisionalidad, de cara a la provisión de cargos en propiedad por virtud del concurso público de méritos, en consideración a la jurisprudencia constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 20 de noviembre de 2023 del Juzgado Civil del Circuito de Rio para, en su lugar, DECLARAR la configuración de la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia del 14 de diciembre de 2023 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mar, Sala Primera de Decisión Civil Familia, que confirmó la sentencia del 28 de noviembre de 2023 del Juzgado Civil del Circuito de Mar, para en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
  3. TERCERO. EXHORTAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, que para que, en adelante, aplique integralmente las medidas de protección derivadas de la condición de sujeto de especial protección de quienes desempeñan cargos en provisionalidad, de cara a la provisión de cargos en propiedad por virtud del concurso público de méritos, en consideración a la jurisprudencia proferida por esta Corporación.
  4. CUARTO. DESVINCULAR del proceso identificado con el radicado T-9.954.989 a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, y a la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES
  5. QUINTO. REVOCAR la sentencia del 6 de diciembre de 2023, del Tribunal Administrativo de Selva, Sección Cuarta, que confirmó parcialmente la sentencia del 20 de noviembre de 2023, del Juzgado Administrativo del Circuito de Bosque. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente.
  6. SEXTO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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