Micelio
Sentencia de Tutela23 de mayo de 2002

T-404 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Mirna Gomez Silva Vs. Municipio De Cienaga

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Termino De Tres Meses. Buena Fe. Suspension Terminos Por Nulidad Saneada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. R E S U E L V E
  2. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada mediante auto de julio veinticinco (25) de dos mil uno (2001).
  3. Segundo. REVOCAR la sentencia del 16 de mayo de 2001, adoptada por el Juzgado
  4. Primero. Civil de Circuito de Ciénaga, Magdalena.
  5. Tercero. CONCEDER la tutela de su derecho fundamental al mínimo vital a la señora MIRNA GÓMEZ SILVA y, en consecuencia, ORDENAR al Alcalde Municipal de Ciénaga, Magdalena, que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificación de la presente sentencia, si no lo ha hecho, proceder a realizar las operaciones presupuestales necesarias para garantizar el pago de los salarios debidos a la peticionaria por concepto de los sueldos adeudados de mayo a diciembre de 2000, las primas correspondientes al mismo año, y el salario del mes de enero de 2001. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de tres meses.
  6. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.