Sentencia de Tutela3 de septiembre de 1993
T-373 de 1993
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Virgelina Rivas Y Otros
✓
Tema · dato duro
Traslado De Docentes. Acto Administrativo. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Educación
- Titularidad
Personal Docente
- Traslado
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR las sentencias del Juzgado Civil del Circuito de Istmina (Chocó), y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdó, proferidas dentro de la acción de tutela de la referencia y contenidas en el expediente T-13147. En consecuencia pueden revocarse los actos administrativos dictados en acatamiento de las anteriores providencias.
- Segundo. REVOCAR LA SENTENCIA proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, proferida dentro de la acción de tutela de la referencia y contenida dentro del expediente T-13179.
- Tercero. CONFIRMAR LA SENTENCIA del Juez Penal del Circuito de Garagoa (Boyacá), dictada dentro de las actuaciones relacionadas con la acción de tutela presentada por CLARA CARDENAS SARMIENTO. En consecuencia, pueden revocarse las decisiones administrativas adoptadas en acatamiento de la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, dentro del mismo expediente.
- Cuarto. Se advierte a los Secretarios de Educación de Istmina y del Departamento del Chocó que deben proveer, si no lo han hecho, lo relativo al reemplazo del Profesor trasladado, a fin de proteger el derecho a la educación de los menores de la Escuela Pascual de Andagoya.
- Quinto. Comuníquense estas decisiones a los Juzgados Civil del Circuito de Istmina y Penal del Circuito de Garagoa, respectivamente, para efectos de la notificación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese, cúmplase, cópiese e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.