Micelio
Sentencia de Tutela6 de junio de 2014

T-346A de 2014

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante German Rivero Romero·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libertad De Escoger Profesion U Oficio
  • No vulneración por cuanto el accionante no posee título especialista para ejercer la profesión de endoscopista
  • Límites al exigir título de idoneidad y obligación de autoridades competentes de inspeccionar y vigilar el ejercicio de tales profesiones u oficios
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo
  • Procedencia excepcional cuando amenaza derechos fundamentales
Profesion De Endoscopista
  • Titulo de idoneidad
Profesion De Medicina
  • Ejercicio implica un elevado riesgo social y un impacto significativo en los derechos de las personas
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este asunto se pretende con la acción de tutela, inaplicar las disposiciones legales y reglamentarias que establecen la exigencia de tener un posgrado en unas áreas específicas, para aquellos profesionales que realizan endoscopias digestivas.

El peticionario es médico cirujano y realiza con experiencia, idoneidad y pericia los procedimientos de endoscopia, pero no cuenta con título en ninguna de las especialidades establecidas en la norma, lo cual, aunado a su edad avanzada, a los costos de los programas académicos y a la dedicación de tiempo que requiere el estudio, le impidieron continuar desempeñando la actividad que le representaba una fuente de ingresos importante.

Se analiza temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra actos administrativos que violan derechos fundamentales y la referente al derecho fundamental a la libre escogencia de profesión u oficio.

SE DENIEGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos que, mediante auto de fecha diciembre 2 de 2013, se habia dispuesto en la presente accion.
  2. Segundo. MODIFICAR el fallo proferido en marzo 22 de 2013 por la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que confirmo el dictado en febrero 21 de 2013 por el Tribunal Administrativo de Boyaca, declarando improcedente la accion, para NEGAR la tutela solicitada mediante apoderado por el doctor German Rivero Romero, identificado con cedula de ciudadania 19"129.186 de Bogota, contra el Ministerio de Salud y Proteccion Social y la Secretaria de Salud de Boyaca.
  3. Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.