Micelio
Sentencia de Tutela6 de abril de 2005

T-341 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Lucila Esther Angarita Gonzalez Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Demostración de amenaza o vulneración de derechos fundamentales
  • Improcedencia por no demostración de amenaza o vulneración de derechos fundamentales
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la vida y la seguridad social de afiliada beneficiaria del regimen contributivo a quien le fueron formulados medicamentos no pos que la entidad se niega a suministrar.

Solicita se odene el suministro de los medicamentos fomulados.

Justificación de la sentencia.

Desestimacion de la accion de tutela cuando no se acredita la vulneración o amenaza del derecho fundamental.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 12 de Noviembre de 2004 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala de Decisión Penal, que denegó la tutela en el trámite de la acción instaurada por Lucila Esther Angarita González en representación de su madre, María Dioselina González Duarte, contra el Instituto de Seguros Sociales, pero por las razones expresadas en esta sentencia.
  2. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.