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Sentencia de Tutela8 de septiembre de 2026

T-287 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 12 de agosto de 2025 por el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Aguazul, que declar� la improcedencia por falta de subsidiariedad en la acci�n de tutela de Adriana contra Empresa Alfa S.A.S., y la sentencia proferida el 1 de octubre de 2025 por el Juzgado 2 Penal del Circuito de Yopal, que confirm� esa decisi�n en segunda instancia.
  2. Segundo. Por Secretar�a General, LIBRAR las comunicaciones de que trata el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. � Notif�quese, comun�quese y c�mplase, NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Los hechos se construyeron a partir del relato consignado en el escrito de tutela y los elementos probatorios que se incorporaron durante el proceso judicial. El expediente digital reposa bajo la modalidad de almacenamiento en la nube a trav�s de la licencia al software colaborativo OneDrive . [2] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 001: � Demanda202500333.pdf �. [3] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 003: � 2025-00333 AutoAdmiteTutela.pdf � [4] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 007: � ContestacionTutela202500333-1.pdf �. [5] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 008: � 2025-333 SentenciaTutela202500333.pdf �. [6] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 010: � ImpugnacionTutela202500333.pdf �. [7] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 012: � 2025-00333 AutoConcedeImpugnacionTutela.pdf �. [8] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-01. Archivo 019: � Tutela2Instancia202500333EstabilidadLaboral [Adriana].pdf � [9] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-01. Archivo 021: � EnvioCorte.pdf �. [10] Exp. T-11.900.052. Archivo 001: � SALA 4 - AUTO SALA DE SELECCI�N 30-ABRIL-2026 NOTIFICADO 15-MAYO-2025.pdf �. [11] Exp. T-11.900.052. Archivo 002: � Constancia Estado 015-2026 � Auto 30-Abr-2026.pdf �. [12] Exp. T-11.900.052. Archivo 003: � Informe_Reparto_Sala_de_Seleccion_Auto_30-Abr-2026.pdf �.� [13] Exp. T-11.900.052. Carpeta 004: � SolicitudExpCompleto �. [14] Exp. T-11.900.052. Archivo 005: � T-11.900.052_Auto_decreta_pruebas.pdf �. [15] Exp. T-11.900.052. Carpeta 005: � Auto30Jun-26DecretaPruebas > Respuestas �, archivo �nico. [16] Exp. T-11.900.052. Carpeta 005: � Auto30Jun-26DecretaPruebas > Respuesta Puesta a Disposici�n �, archivo 001 � 5.2Correo21Jul-26[Empresa Alfa] S.A.S..pdf �. [17] Exp. T-11.900.052. Carpeta 005: � Auto30Jun-26DecretaPruebas > Respuesta Puesta a Disposici�n �, archivo 002 � 5.3Correo22Jul-26[Adriana].pdf �. [18] Ibid. [19] Decreto 2591 de 1991 �Por el cual se reglamenta la acci�n de tutela consagrada en el art�culo 86 de la Constituci�n Pol�tica�. Art�culo 10: �Legitimidad e inter�s. La acci�n de tutela podr� ser ejercida, en todo momento y lugar, por cualquiera persona vulnerada o amenazada en uno de sus derechos fundamentales, quien actuar� por s� misma o a trav�s de representante. Los poderes se presumir�n aut�nticos. Tambi�n se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no est� en condiciones de promover su propia defensa. Cuando tal circunstancia ocurra, deber� manifestarse en la solicitud. Tambi�n podr�n ejercerla el Defensor del Pueblo y los personeros municipales�. [20] V�ase: Corte Constitucional, Sentencia T-331 de 1997. Reiterado en Sentencias T-612 de 2005, T-579 de 2015, T-103 de 2016 y T- 511 de 2023. [21] Corte Constitucional, Sentencia SU-257 de 1997. Reiterado en Sentencias T-178 de 2019, T-289 de 2022, T-142 de 2024, T-353 de 2024 y T-433 de 2024, entre otras. [22] Corte Constitucional. Sentencia T-253 de 2016. Reiterado en Sentencias T-413 de 2023 y T-484 de 2025. Sentencia T-682 de 2013. Reiterado en Sentencias T-428 de 2017 [23] V�ase, Corte Constitucional. Sentencia T-122 de 2021. [24] Exp. 85010-40-89-001-2025-00333-00. Archivo 001: � Demanda202500333.pdf �. Fl. 13-14. [25] Decreto 2591 de 1991 �Por el cual se reglamenta la acci�n de tutela consagrada en el art�culo 86 de la Constituci�n Pol�tica�. Art�culo 42: �Procedencia. La acci�n de tutela proceder� contra acciones u omisiones de particulares en los siguientes casos: (�) 4. Cuando la solicitud fuere dirigida contra una organizaci�n privada, contra quien la controle efectivamente o fuere el beneficiario real de la situaci�n que motiv� la acci�n, siempre y cuando el solicitante tenga una relaci�n de subordinaci�n o indefensi�n con tal organizaci�n�. [26] Corte Constitucional, Sentencia T-290 de 1993. Reiterado en Sentencias T-165 de 2020, T-516 de 2020, T-458 de 2022, T-287 de 2025 y T-155 de 2025, entre otras. [27] Ibid . [28] Sobre el incumplimiento del requisito de inmediatez, v�ase: Corte Constitucional, Sentencias T-883 de 2009, T-748 de 2014, T-412 de 2018, SU-037 de 2019 y T-013 de 2016, entre otras. [29] V�ase: Corte Constitucional, Sentencias T-113 de 2013, T-600 de 2017 y T-016 de 2019. [30] V�ase: Corte Constitucional, Sentencias SU-150 de 2021, T-251 de 2023 y T-013 de 2026, entre otras. [31] Corte Constitucional, Sentencia C-132 de 2018. [32] Ibid . [33] Exp. T-11.900.052. Carpeta 005: � Auto30Jun-26DecretaPruebas > Respuestas �, archivo �nico. [34] Si bien la accionante present� su declaraci�n despu�s del plazo concedido en el auto del 30 de junio de 2026, la Sala estima que igual es oportuno valorar el medio de prueba. Lo anterior, con el prop�sito de reunir todos los elementos que permiten esclarecer los hechos de la contienda y, adem�s, para dar prevalencia a lo sustancial, como lo dispone el art�culo 228 de la Constituci�n Pol�tica. [35] Sobre las caracter�sticas del perjuicio irremediable, v�ase: Corte Constitucional, Sentencias T-669 de 2013, T-828 de 2014, T-009 de 2019 y T-043 de 2025, entre otras. [36] Corte Constitucional, Sentencia C-531 de 1993. [37] Exp. T-11.900.052. Carpeta 005: � Auto30Jun-26DecretaPruebas > Respuesta Puesta a Disposici�n �, archivo 002 � 5.3Correo22Jul-26[Adriana].pdf �.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.