Micelio
Sentencia de Tutela6 de abril de 2006

T-281 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Maria De Las Nieves Ruidiaz Payares Vs. Salud Vida

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Suministro de medicamentos para las varices
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud en conexidad con la vida de afiliada que padece insuficiencia venosa cronica (varices) a quien la entidad se niega a autorizarle medicamentos terapias y elementos para las terapias aduciendo que se encuentran excluidas del pos.

Solicita se ordene autorizar el suministro de los medicamentos y las terapias fomuladas por el medico tratante.

La prestacion de los servicios de salud se funda en el principio de solidaridad habida cuenta de que los servicios que un afiliado requiere no son cubiertos con sus propios aportes sino con los recursos del sistema.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCASE la sentencia proferida el dia 2 de diciembre de 2005, por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Sincelejo - Sucre, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Maria de las Nieves Ruidiaz Payares. En consecuencia, CONCEDASE la proteccion de los derechos invocados.
  3. Segundo. ORDENASE a la entidad Salud Vida EPS seccional Sincelejo, a traves de su representante o de quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48), contadas a partir de la notificacion de esta providencia, autorice el suministro de los medicamentos denominados Curaflex, Sulfato de Ciucosanina, e hidrocortisona crema, al igual que terapias especiales, medias para la circulacion, y vendas elasticas, solicitados por la senora Maria de las Nieves Ruidiaz Payares, y en consecuencia se preste la atencion medica integral que requiera para el tratamiento de la patologia que padece, segun lo disponga el medico tratante.
  4. La entidad demandada podra repetir contra el FOSYGA, por los gastos en los que incurra, pago que debera verificarse en el termino de seis meses (6) contados a partir de la respectiva solicitud.
  5. Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.