Sentencia de Tutela17 de mayo de 1994
T-237 de 1994
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Jaime Vera Gracia
✓
Tema · dato duro
Der. A La Salubridad Publica. Der. Al Ambiente Sano. Litisconsorcio En La Acc. De Tutela. No Recoleccion De Basuras. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Cesación
Derecho A La Salud
- Prueba de su violación por basuras
5 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el ordinal
- primero. de la sentencia de enero tres (3) de mil novecientos noventa y cuatro (1994), proferida por el Juzgado Ochenta y Cuatro Penal Municipal de Santafe de Bogota D.C, y en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la salud de los habitantes del edificio "Andalucia" del Barrio "Condado de Castilla", ubicado en la diagonal 6A No 77-51.
- SEGUNDO. MODIFICAR el ordinal
- segundo. de la parte resolutiva de la sentencia del Juzgado Ochenta y Cuatro Penal Municipal, en el sentido de ordenar compulsar copias con destino a la Personeria Distrital, con el fin de que se investiguen las presuntas irregularidades en que esten incurriendo los funcionarios encargados de las obligaciones de Control y Vigilancia, de que trata el Decreto 1421 de 1993 (Estatuto de Bogota).
- TERCERO. PREVENIR al senor Alcalde Mayor de Santafe de Bogota D.C., para que en ningun caso se vuelva a incurrir en las omisiones que dieron merito para conceder la presente accion de tutela, y que, si procediere de modo contrario, sera sancionado de acuerdo con lo previsto en el decreto 2591 de 1991.
- CUARTO. ENVIAR copia de esta providencia al senor Gerente de la Empresa Distrital de Servicios Publicos EDIS, para los consiguientes fines.
- QUINTO. LIBRAR comunicacion al Juzgado Ochenta y Cuatro Penal Municipal de Santafe de Bogota D.C., para que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, notifique esta sentencia a las partes y adopte las decisiones necesarias para adecuar su fallo a lo dispuesto por esta Sala.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.