Sentencia de Tutela3 de mayo de 1994
T-218 de 1994
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Jesus Antonio Taquez
✓
Tema · dato duro
Der. De Rehabilitacion. Der. De Libertad. Tramite Judicial Y Administrativo. Prevalencia Del Der. Sustancial. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pena Cumplida
- Certificado
Falla Del Servicio De Administracion De Justicia
- Prueba de imposible consecución
Pena
- Naturaleza
7 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. Revocar la sentencia dictada por el Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de San Juan de Pasto, el once (11) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993), por las razones expuestas en esta providencia. En su lugar, tutelar los derechos a la libertad y a la rehabilitacion en el ejercicio de derechos y funciones publicas, del senor Jesus Antonio Taquez Calderon.
- SEGUNDO. Ordenar a la Registraduria Nacional del Estado Civil, que proceda a rehabilitar al senor Jesus Antonio Taquez Calderon, portador de la cedula de ciudadania numero 5.349.427, expedida en San Francisco, Putumayo, teniendo esta providencia como sustituto de la certificacion de pena cumplida que debio ser expedida por el Juzgado Unico Especializado de Pasto, entidad que dejo de existir.
- TERCERO. Compulsar copias de este fallo con destino a la Direccion General de Prisiones, a la Division de Identificacion de la Registraduria Nacional del Estado Civil, a la Procuraduria General de la Nacion, a la Direccion Nacional de Instruccion Criminal y al Fiscal Unico Especializado de Pasto, con el fin de dar aplicacion al articulo 528 del Codigo de Procedimiento Penal.
- CUARTO. Comunicar la presente providencia al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de San Juan de Pasto, para los fines previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- QUINTO. Remitir copia de esta providencia al Consejo Superior de la Judicatura para lo de su competencia.
- Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.