Sentencia de Tutela21 de julio de 2026
T-215 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo de tutela proferido por el Juzgado 008 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de San Jos� de C�cuta, que confirm� el fallo de instancia, proferido el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado 011 Penal Municipal con Funci�n de Conocimiento de San Jos� de C�cuta y, en su lugar, DECLARAR la carencia de objeto por situaci�n sobreviniente, respecto de las pretensiones formuladas contra el Colegio Monse�or Jaime Prieto Amaya.
- SEGUNDO. INSTAR a Joan Sebasti�n Oviedo Parada a que, en compa��a de sus padres, encuentre un balance entre su proyecto educativo y futbol�stico.
- TERCERO. DESVINCULAR del presente tr�mite al Centro Deportivo Palma Seca, la Secretar�a de Salud de San Jos� de C�cuta, la Nueva EPS y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
- CUARTO. LIBRAR las comunicaciones respectivas por medio de la Secretar�a General de la Corte Constitucional y DISPONER las notificaciones inmediatas a las partes y entidades vinculadas, a trav�s del juzgado de primera instancia, tal y como lo prev� el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Los hechos que se describen en esta secci�n provienen de la narraci�n realizada por los accionantes en la demanda de tutela, las contestaciones arrimadas al tr�mite constitucional y las decisiones de instancia. [2] Expediente T-11.800.083. Documento �01AccionTutela.pdf�. En adelante, siempre que se mencione un documento digital, se entender� que hace parte del Expediente T-11.800.083, a menos que se diga expresamente lo contrario. [3] Documento � 04AdmisionTutela.pdf�. [4] Documento �10ComunicadoI.E. Monsenor Jaime Prieto Amaya .pdf� [5] Documento �09ComunicadoSecEdu [6] Documento �07ComunicadoSecSalud.pdf� [7] La Secretar�a de Salud de San Jos� de C�cuta hizo referencia al art�culo 44 de la Ley 715 de 2001. [8] Documento �08ComunicadoAlcaldia.pdf� [9] Documento �11ComunicadoMinisterioEducacion.pdf� [10] Documento �12ComunicadoNuevaEps.pdf� [11] Documento �06ComunicadoAdres.pdf�. [12] Para lo pertinente, la ADRES se refiri� al art�culo 66 de la Ley 1753 de 2015, el art�culo 21 del Decreto 1429 de 2016 y el art�culo 1 del Decreto 546 de 2017. [13] Documento �13FalloTutela.pdf� [14] En la parte resolutiva, el Juzgado declar� improcedente el amparo; sin embargo, sus consideraciones fueron de fondo. [15] Documento �15SolicitudImpugnacion.pdf� [16] Documento �003FalloSegundaInstancia 2025-00494-01.pdf� [17] La Sala de Selecci�n de Tutelas N�mero Dos estuvo conformada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y el magistrado Juan Carlos Cort�s Gonz�lez. [18] Para lo pertinente, la magistrada sustanciadora comision� al Juzgado 011 Penal Municipal con Funci�n de Conocimiento de San Jos� de C�cuta para que practicara una diligencia de declaraci�n de parte del joven Joan Sebasti�n Oviedo Parada, con el objetivo de obtener su opini�n sobre el tr�mite de tutela y sus procesos de formaci�n acad�mica y deportiva. Lo anterior, de conformidad con el art�culo 64 del Reglamento Interno de la Corte, y teniendo en cuenta las recomendaciones que han elaborado la UNICEF y el Comit� de los Derechos del Ni�o de la ONU para entrevistas a ni�os, ni�as y adolescentes. [19] Documento �San Jos� de C�cuta.pdf�. En adelante �Respuesta Padres de Familia� [20] Los accionantes no precisaron las horas exactas de participaci�n de Joan Sebasti�n en encuentros deportivos, por lo que esta distribuci�n atiende al formato de la tabla, m�s no a las horas efectivas de participaci�n del adolescente en partidos. [21] Documento �ENTREVISTA CUMPLIMIENTO ACCI�N DE TUTELA RAD. 2025-494-20260428_144156-Grabaci�n de la reuni�n�. En adelante �Entrevista Joan Sebasti�n Oviedo Parada� [22] La manifestaci�n de la voluntad del joven acerca de que aparezca su nombre real en la providencia ser� acogida con el fin de reconocer su voz y agencia dentro del presente proceso de amparo. En todo caso, con el prop�sito de salvaguardar sus derechos fundamentales, como la protecci�n reforzada de su intimidad y sus datos personales, se mantendr� solamente la informaci�n que resulta estrictamente necesaria para el an�lisis constitucional. [23] Ibid. Minuto 9:47 � 9:50. [24] Ibid. Minuto 14:00- 14:35 [25] Ibid. Minuto 10:50 � 11:08 [26] Ibid. Minuto 12:05 � 12:14 [27] Ibid. Minuto 12:50 � 13:05 [28] Ibid. Minuto 13:10- 13:42 [29] Ibid. Minuto 15:12 � 16:50 [30] Documento �CARTA RESPUESTA CORTE JOAN SEBASTIAN OVIEDO ANEXOS 1�. En adelante �Respuesta Colegio Monse�or� [31] Documento �RESPUESTA CORT CONSTITUCIONAL -Mgda LINA MARCELA ESCOBAR.pdf� En adelante �Respuesta Secretar�a de Educaci�n�. [32] A saber, Ley 115 de 1994 y decretos 1860 de 1994 y 1075 de 2015. [33] Decreto 3011 de 1997. [34] Documento �Respuesta Secretar�a de Educaci�n�. p. 3. [35] Documento �2026-EE-155182-Comunicacion Enviada-16135350.pdf_2026-EE-155182�. En adelante �Primera Respuesta Ministerio de Educaci�n�. [36] Seg�n su dicho, este Decreto dispone que la atenci�n educativa debe reconocer las caracter�sticas, intereses, ritmos y potencialidades, promoviendo estrategias pedag�gicas flexibles, procesos de evaluaci�n acordes con sus particularidades y la implementaci�n de apoyos y ajustes razonables cuando se requiera. [37] Documento �2026-EE-184135-Comunicacion Enviada-16307028.pdf� En adelante �Segunda Respuesta Ministerio de Educaci�n� [38] Decreto 1075 de 2015. Art�culo 2.3.3.5.3.4.5. Modalidades de atenci�n educativa. La educaci�n b�sica formal de adultos podr� ofrecerse de manera presencial, semipresencial o abierta y a distancia. Cuando se adopte la modalidad semipresencial se debe garantizar una presencialidad no inferior al cincuenta por ciento (50%) de las horas anuales de trabajo, determinadas en el art�culo anterior y el desarrollo de pr�ct
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.