Sentencia de Tutela8 de marzo de 2004
T-215 de 2004
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Sonia Bonilla De Vega Vs. Decima Segunda Brigada Ejercito Nacional
✓
Tema · dato duro
Derecho De Defensa Y Debido Proceso De Mayor Del Ejercito. Proceso Disciplinario. Error En La Calificacion Juridica. Discriminacion. Libertad De Pensamiento. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Defensa Del Disciplinado
- Se violó por no seguirse procedimiento para variar calificación de la conducta
Proceso Disciplinario Contra Mayor Del Ejercito Y Debido Proceso
- No se presentó vulneración
Proceso Disciplinario Contra Mayor Del Ejercito
- Ordenes no revestían carácter discriminatorio
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Levantar la suspension de terminos en el presente proceso.
- Segundo. REVOCAR el fallo de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y, en su lugar, CONFIRMAR parcialmente, por las razones expuestas en este fallo, la sentencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Caqueta y, en consecuencia, declarar la nulidad de fallo de primera instancia en el proceso disciplinario seguido en contra de la Mayor Sonia Bonilla, por violacion del derecho de defensa.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-1288/01Calificacion Juridica Provisional De Conducta Punible. Advertencia Del Juez Al Fiscal De Variación No Constituye PrejuzgamientoT-262/98Debido Proceso. Via De Hecho. Responsabilidad Disciplinaria. Medio De Defensa Judicial. Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Der. Negada.C-578/95Dec. 85/89. Art. 15 Parcial. Ordenes Militares. Obediencia Debida. Exequible.T-098/94Der. De Peticion. Der. A La Igualdad. Prohibicion Por Razon Del Sexo. Afiliacion Del Esposo A La Caja De Seguridad Social. Concedida.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.