Micelio
Sentencia de Tutela14 de julio de 2026

T-208 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias del 12 de noviembre y del 28 de octubre de 2025 , proferidas por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogot� y el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogot� , respectivamente, que negaron la acci�n de tutela presentada por Victoria Mar�a del Castillo Mulgannon contra el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Registradur�a Nacional del Estado Civil.
  2. Segundo. EXHORTAR al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, en un t�rmino razonable, ajuste sus pol�ticas y procedimientos y defina de manera clara y expresa los criterios y los plazos de conservaci�n de los datos biom�tricos para expedici�n y renovaci�n de pasaportes, esto con el fin de garantizar la aplicaci�n del principio de temporalidad y evitar un tratamiento indefinido de este tipo de datos de naturaleza sensible. Adicionalmente, en caso de que requiera conservar indefinidamente los datos, deber� justificar dicha decisi�n de conformidad con los par�metros constitucionales, legales y jurisprudenciales que rigen el tratamiento de datos personales.
  3. Tercero. Por Secretar�a General de la Corte Constitucional, L�BRESE la comunicaci�n prevista en el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado Salvamento de voto ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital T-11.797.502, archivo �003EscritoTutela (41).pdf�. [2] De acuerdo con el art�culo 19 del Decreto 1743 de 2015, el pasaporte es el documento que identifica a los colombianos en el exterior y ser� expedido �nicamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores directamente o a trav�s de convenios suscritos para tal efecto. [3] De acuerdo con el art�culo 5 de la Ley 1581 de 2012, los datos biom�tricos son considerados datos sensibles, en la medida en que afectan la intimidad del titular y su uso indebido puede generar discriminaci�n. [4] Expediente digital T-11.797.502, archivo �003EscritoTutela (41).pdf�. [5] Expediente digital T-11.797.502, archivo �008RespuestaMinrelacionesExterires.pdf�, p. 19. [6] Oficio del 20 de octubre de 2025. Expediente digital T-11.797.502, archivo �009RespuestaRNEC.pdf�. [7] Oficio del 20 de octubre de 2025. Expediente digital T-11.797.502, archivo �008RespuestaMinrelacionesExterires.pdf�. [8] Expediente digital T-11.797.502, archivo �008RespuestaMinrelacionesExterires.pdf�, folio 2. [9] Al respecto, refiri� el Documento 9957-Manual de Facilitaci�n de la Organizaci�n de Aviaci�n Civil Internacional (OACI) y la Resoluci�n 6888 de 2021, modificada por la Resoluci�n 10829 de 2024. [10] Expediente digital T-11.797.502, archivo �010Sentencia (3).pdf�. [11] Aunque el despacho neg� el amparo, sostuvo que la tutela era improcedente por no cumplirse el requisito de subsidiariedad. [12] Sostuvo que, conforme a la Sentencia T-203 de 2025 de la Corte Constitucional y la Ley 1581 de 2012, dicho tratamiento no est� prohibido siempre que se ajuste a los principios de finalidad, necesidad, proporcionalidad y confidencialidad. [13] Expediente digital T-11.797.502, archivo �012impugnacion (10).pdf� y �013AdicionEscritoImpugnacion.pdf�. [14] La actora se�al� que la exigencia de toma de datos biom�tricos �fomenta un ambiente de miedo que es �debilitador� y limita la capacidad de los padres de inculcar libertad de pensamiento y conciencia�, afecta su dignidad humana y autonom�a, y podr�a facilitar escenarios de vigilancia masiva, lo cual origina riesgos futuros y sist�micos referidos a la exclusi�n del sistema bancario, falsa implicaci�n criminal, entre otros. [15] Expediente digital T-11.797.502, archivo �Fallo011-2025-00493-01 VictoriadelCastillo vs RNECyOtro.pdf�. [16] Expediente digital T-11.797.502, archivo �001 SALA A-AUTO SALA DE SELECCION 26-FEBRERO-2026 NOTIFICADO 12-MARZO-2026.pdf�. [17] La selecci�n del expediente se sustent� en los criterios orientadores del proceso de selecci�n de car�cter objetivo denominados asunto novedoso y necesidad de pronunciarse sobre una determinada l�nea jurisprudencial. [18] Expediente digital T-11.797.502, archivo �003 Informe_Reparto_Auto_26-Feb-2026_Juan_Carlos_Cortes_Gonzalez.pdf�. [19] Expediente digital T-11.797.502, archivo �004 T-11797502 Auto de Pruebas 20-Mar-2026.pdf�. [20] El despacho sustanciador requiri� a Victoria Mar�a del Castillo Mulgannon y a la Registradur�a Nacional del Estado Civil, con el fin de que se pronunciaran respecto de la solicitud probatoria efectuada mediante el auto del 20 de marzo de 2026. Adem�s, solicit� al Ministerio de Relaciones Exteriores que proporcionara una respuesta completa y precisa sobre los cuestionamientos iniciales. Adicionalmente, le formul� nuevas preguntas. [21] La accionante guard� silencio durante el tr�mite. [22] Oficios del 7 y del 24 de abril y del 12 de mayo de 2026. Expediente digital T-11.797.502, archivos �007 Rta. Ministerio de Relaciones Exteriores.pdf�, �014 Rta. Cancilleria.pdf� y �021 Rta. Cancilleria.pdf�. [23] El Ministerio indic� que �el requisito de la fecha del 17 de noviembre de 2017 obedece a que el Convenio Interadministrativo con la Registradur�a Nacional del Estado Civil entr� en vigencia ese d�a. A partir de esa fecha se realiza la autenticaci�n biom�trica mediante la comparaci�n de las huellas dactilares del solicitante con la base de datos de la Registradur�a. En consecuencia, si en esa solicitud anterior hubo una autenticaci�n biom�trica exitosa, la identidad del titular ya fue verificada con plena seguridad, lo que justifica que no sea necesaria una nueva captura de huella para la solicitud en l�nea, sin perjuicio de que la validaci�n biom�trica se exija nuevamente de manera presencial al momento de la entrega del documento, conforme al art�culo 12 de la misma resoluci�n�. Expediente digital T-11.797.502, archivo �021 Rta. Cancilleria.pdf�. [24] Como control de acceso basado en roles, registros de au
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.