Sentencia de Tutela10 de mayo de 1995
T-201 de 1995
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Sonia Esmeralda Ariza Guerrero
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Proteccion De Los Empleos De Carrera Adtiva. Diferenciacion Salarial. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Autonomia Municipal
- Límites
Carrera Administrativa
- Protección
Derecho A La Igualdad
- Vulneración
Municipio
- Modificación de empleos
Partida Presupuestal
- Orden para que se incluya
Salario
- Criterio de diferenciación
- Reajuste
8 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Tribunal Administrativo de Santander, proferida el 23 de noviembre de 1994.
- SEGUNDO. CONCEDER a SONIA ESMERALDA ARIZA GUERRERO la tutela de sus derechos fundamentales a la igualdad y al trabajo. En consecuencia, ordenar al Alcalde de Bucaramanga y al Concejo de la misma ciudad, en vista de la indicada omision inconstitucional, que adopten las medidas pertinentes para garantizar que en el proximo acuerdo que fije las asignaciones salariales de los servidores publicos del municipio, se incorpore el reajuste salarial de 1994 y de 1995, con base en el salario reajustado de 1994, a que tiene derecho la peticionaria.
- TERCERO. LIBRESE comunicacion al mencionado Tribunal, con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.