Sentencia de Tutela19 de junio de 2026
T-186 de 2026
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Tema · dato duro
Disponibilidad Y Accesibilidad Del Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Estudiantes Asisten A Clases A Pesar De La Deficiencia Y Deterioro De La Estructura Física Del Colegio. Mora En La Entrega De La Nueva Sede.
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 10 de diciembre de 2025 proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Leticia, Amazonas [276] , por medio de la cual se declar� improcedente el amparo solicitado y, en su lugar, CONCEDER el amparo al derecho a la educaci�n de los ni�os, ni�as y adolescentes matriculados en el Colegio T�cnico Agropecuario Jos� Celestino Mutis � INEAGRO del municipio de Puerto Nari�o, Amazonas.
- SEGUNDO. ORDENAR al Departamento del Amazonas, por medio de sus Secretar�as de Educaci�n y Planeaci�n y Desarrollo Territorial [277] , que, en un plazo de 60 d�as, formule, adopte y ejecute un plan integral para garantizar que la sede actual del Colegio T�cnico Agropecuario Jos� Celestino Mutis � INEAGRO opere en condiciones dignas, seguras y adecuadas durante el per�odo de transici�n hasta la entrega de la nueva sede. Dicho plan deber� ser remitido al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Leticia [278] , a la Procuradur�a Judicial I para Asuntos de Conciliaci�n Administrativa de Leticia y al Procurador Regional de Instrucci�n del Amazonas [279] para que adelanten el respectivo proceso de seguimiento y verificaci�n. Adem�s, deber� contemplar, como m�nimo, las actuaciones administrativas necesarias para resolver las siguientes situaciones, conforme a un cronograma espec�fico y verificable: (i) Las deficiencias en el suministro de energ�a el�ctrica y ventilaci�n que persisten en la sede, asegurando que la totalidad de los espacios cuente con condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades acad�micas. (ii) �El estado del mobiliario en uso, incluyendo las acciones requeridas para garantizar que los estudiantes dispongan de condiciones materiales apropiadas para su aprendizaje. (iii) Las condiciones actuales de la cancha polideportiva, de forma que constituya un espacio seguro en el que los estudiantes puedan ejercer su derecho al esparcimiento y la recreaci�n. (iv) El manejo de las aguas lluvias en el predio del establecimiento educativo, adoptando las medidas t�cnicas que la entidad estime adecuadas para reducir la infiltraci�n hacia el terreno natural y disminuir los procesos de saturaci�n del suelo que pueden favorecer la deformaci�n progresiva del terreno. (v) �Cualquier otra situaci�n que, a juicio de la entidad, afecte o amenace la prestaci�n del servicio de educaci�n de los ni�os, ni�as y adolescentes agenciados en condiciones de infraestructura adecuadas y seguras. Las situaciones enunciadas en los numerales anteriores no constituyen una lista taxativa, por cuanto desde la interposici�n de la tutela y el recaudo de pruebas pueden haber surgido circunstancias nuevas relacionadas con la problem�tica del caso que requieran atenci�n inmediata.
- TERCERO. ORDENAR al Departamento del Amazonas, por medio de sus Secretar�as de Educaci�n y Planeaci�n y Desarrollo Territorial, [280] que, en relaci�n con el proyecto de obras complementarias de la nueva sede del Colegio T�cnico Agropecuario Jos� Celestino Mutis � INEAGRO: (i) Adelante con prioridad las acciones contractuales en curso, respetando los t�rminos y procedimientos establecidos en el ordenamiento contractual vigente, de manera que la obra sea ejecutada y entregada dentro del per�odo de doce meses comprometido en el Banco de Proyectos del Sistema General de Regal�as. (ii) Garantice que el dise�o y la ejecuci�n de la nueva sede incorporen el estudio geot�cnico detallado y un sistema de manejo de aguas con el fin de prevenir que las condiciones del nuevo terreno reproduzcan los riesgos identificados en la sede antigua. (iii) Garantice que la nueva sede contemple y materialice las condiciones descritas en esta providencia que permiten consolidar un espacio id�neo para el ejercicio del derecho a la educaci�n de los ni�os, ni�as y adolescentes, incluyendo el comedor, la cancha cubierta, la biblioteca y el aula multiprop�sito comprometidos en la ficha t�cnica del proyecto. (iv) Garantice que la nueva sede cuente con espacios que permitan la movilidad universal de personas con discapacidad. (v) Socialice con la comunidad educativa �estudiantes, padres de familia, autoridades de los pueblos ind�genas a las que pertenecen los menores de edad, y docentes� los avances del proceso de contrataci�n y ejecuci�n de la obra, de manera que puedan ejercer su derecho a la participaci�n y a la veedur�a ciudadana durante todo el per�odo de construcci�n. (vi) Presente al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Leticia informes trimestrales sobre los avances en la contrataci�n y ejecuci�n de la obra, a partir de la notificaci�n de esta providencia.
- CUARTO. ADVERTIR al Departamento del Amazonas [281] que sus responsabilidades en la protecci�n efectiva del derecho a la educaci�n le imponen actuar con la diligencia debida y de forma oportuna, sin trasladar a los ni�os, ni�as y adolescentes la carga de soportar escenarios de riesgo derivados de demoras injustificadas en la adopci�n de medidas de protecci�n. Esta advertencia se formula con el prop�sito de que en situaciones futuras la administraci�n priorice las obras relacionadas con el derecho a la educaci�n de esta poblaci�n, de conformidad con el deber reforzado de protecci�n que impone el art�culo 44 de la Constituci�n Pol�tica y la jurisprudencia constitucional sobre el inter�s superior de la ni�ez.
- QUINTO. ORDENAR a la Asamblea Departamental del Amazonas [282] que, en caso de que lo considere necesario y en el marco de sus funciones sobre la administraci�n departamental, vele por la adopci�n de las medidas necesarias para que el Departamento destine los recursos requeridos para mantener la sede antigua del Colegio T�cnico Agropecuario Jos� Celestino Mutis � INEAGRO en condiciones id�neas que cumplan los est�ndares jurisprudenciales dispuestos por esta Corporaci�n, de modo que durante el per�odo de transici�n hasta la entrega de la nu
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.