Sentencia de Tutela21 de noviembre de 2000
T-1601 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Eduardo Cenen Torres Cely Vs. Iss Duitama
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social. Prestacion Servicios Medicos. Mora En El Pago De Aportes Por Empleador. Acerias Paz Del Rio S.A. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Trabajador Asalariado
- Suspensión de la afiliación
Empleador
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes
- Mora de aportes
Entidad Promotora De Salud
- Interrupción de servicios
Sistema De Salud
- Relaciones entre empleador y entidad de seguridad social
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la Sentencia de fecha 2 de mayo del año 2000 dictada por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Duitama dentro de la acción de tutela promovida por Eduardo Cenén Torres Cely contra el ISS.
- Segundo. REQUERIR a la Empresa Acerías Paz del Río S.A. para que cancele, si no lo ha hecho ya, al ISS-Seccional Duitama, los aportes y cotizaciones correspondientes al trabajador EDUARDO CENEN TORRES CELY y en el entretanto asuma las obligaciones médico-asistenciales del mismo y de su núcleo familiar.
- Tercero. Por Secretaria general, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
C-177/98Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.T-406/93Derecho A La Seguridad Social. Servicio De Salud. Prestaciones Medico-Asistenciales Para Pensionados. I.S.S. Negada.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.