Micelio
Sentencia de Tutela14 de noviembre de 2000

T-1582 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Lorena Sanchez Rubio Y Otros Vs. Hospital Federico Lleras Acosta

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de salarios
Empleador
  • Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR del Tribunal Administrativo del Tolima de fecha 28 de junio del 2000 que denegó las pretensiones del ciudadano Julio Muñoz Buritica.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo del Tribunal Administrativo del Tolima del 23 de junio del 2000 que negó las súplicas de Lorena Sánchez Rubio y en su lugar se ampara el derecho al trabajo, para lo cual se ordena al Representante Legal del Hospital Federico Lleras Acosta de Ibagué que si ya no lo hubiere hecho cancele el salario del mes de mayo del 2000, en un término de 48 horas, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal; en caso contrario dicho plazo deberá utilizarse para adelantar las gestiones presupuestales pertinentes, las cuales deberán culminar con dicho pago a más tardar dentro de los 30 días subsiguientes.
  3. Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.