T-124/26 de 2026
Ponente Vladimir Fernández Andrade
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante, actuando en nombre propio y en representación de sus dos hijos menores de edad, cuestionó a la autoridad judicial que en sede de homologación de un proceso administrativo de restablecimiento de derechos, modificó la medida adoptada por la Comisaría de Familia y dispuso un régimen de custodia compartida en cabeza de ambos progenitores.
De manera específica cuestionó la valoración probatoria realizada porque omitió considerar adecuadamente elementos relevantes del expediente relacionados con la denuncia penal presentada por presuntos hechos de acto sexual con menor de 14 años atribuidos al progenitor, así como las circunstancias relacionadas con el lugar de residencia de los progenitores y su relación con la institución educativa de los niños.
Igualmente, porque se profirió sin incorporar un enfoque de género con incidencia en los derechos fundamentales al debido proceso y a vivir una vida libre de violencias.
Se analizó temática relacionada con: 1º.
El principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes. 2º.
El proceso administrativo de restablecimiento de derechos y su homologación ante el juez de familia. 3º.
El precedente constitucional en materia de custodia compartida. 4º Los estándares de valoración probatoria en escenarios de custodia y visitas, especialmente en cados en los que se alegan posibles situaciones de violencia sexual por parte de algunos de los progenitores y, 5º.
La valoración probatoria con enfoque de género dentro de los procesos judiciales y administrativos.
La Sala hizo algunas consideraciones adicionales sobre el contexto de alta conflictividad familiar y su incidencia en la protección del interés superior de los niños dentro del proceso administrativo de restablecimiento de derechos.
Al encontrar acreditado el defecto fáctico alegado, se CONCEDIÓ el amparo invocado.
En consecuencia, se dejó sin efectos la providencia censurada y se ordenó a la autoridad accionada adoptar una nueva decisión de conformidad con las consideraciones desarrolladas en este fallo y orientada por el principio del interés superior de los niños, así como por la incorporación de un enfoque de género en la valoración probatoria.