Saltar al texto del voto
Volver a la ficha
T-1206/04
Salvamento de votoSentencia de Tutela T-1206/046 de diciembre de 2004

Salvamento de voto

MagistradosJaime Córdoba Triviño·Alfredo Beltrán Sierra·Jaime Araujo Rentería

Salvamento conjunto de Jaime Córdoba Triviño, Alfredo Beltrán Sierra y Jaime Araujo Rentería — comparten un mismo texto.

Tema de la sentencia: Derecho Al Debido Proceso De Fiscal Delegado Ante Jueces Penales Municipales Cuyo Nombramiento Habia Sido Declarado Insubsistente Mediante Acto Administrativo Que No Fue Motivado. La Provisionalidad Es Una Forma De Proveer Transitoriamente Los Cargos Publ

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

salvamento de voto de los Magistrados Herman Galán Castellanos y Yesid Ramírez Bastidas. Sentencia C-793 de 2002. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Aclaración de voto de Alfredo Beltrán Sierra y Jaime Araújo Rentería. M.P. Vladimiro Naranjo Mesa. Jurisprudencia reiterada en la sentencia T-884 de 2002. Corte Constitucional. Sentencia T-1011 de 2003. M.P. Dr. Alejandro Martínez Caballero. Así también, sentencia C-734 de 2000 (M.P. Vladimiro Naranjo Mesa). El Decreto Ley 2400 de 1968 establece expresamente una excepción al deber de motivar los actos administrativos cuando éstos se refieren a la declaratoria de insubsistencia del nombramiento de un cargo de libre nombramiento y remoción. El artículo 26 de dicho decreto prescribe: Artículo 26.- El nombramiento hecho a una persona para ocupar un empleo del servicio civil, que no pertenezca a una carrera, puede ser declarado insubsistente libremente por la autoridad nominadora, sin motivar la providencia. Sin embargo, deberá dejarse constancia del hecho y de las causas que lo ocasionaron en la respectiva hoja de vida. (Negrillas fuera del texto)