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T-095/16
Aclaración de votoSentencia de Tutela T-095/1625 de febrero de 2016

Aclaración de voto

MagistradoGloria Stella Ortiz Delgado

Tema de la sentencia: Bienestar Animal. Deber Constitucional De Proteccion Derivado De Constitucion Ecologica Y Garantia Del Medio Ambiente. Alcance Del Derecho De Peticion.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO A LA SENTENCIA T-095 16DIFERENCIA ENTRE CONCEPTO DE BIENESTAR ANIMAL Y DERECHOS DE LOS ANIMALES (Aclaración de voto)El debate de la protección de los derechos de los animales, como lo explica Cass Sunstein, se puede resumir en dos posiciones: (i) quienes defienden el concepto de bienestar animal; y (ii) aquellos que consideran que existe una justiciabilidad de los derechos de los animales. El primero, se limita a impulsar reformas legales que proscriban los tratos crueles contra los animales mientras que el segundo se opone a cualquier uso de los animales, entendido claro como una acción abusiva, injustificada y desproporcionada contra los mismos. Esta última idea se fundamenta en la formulación del imperativo categórico kantiano, aquella premisa que sostiene que los seres humanos deben ser tratados como un fin en si mismo y no como un medio. Así, dentro de la estructura de la exigibilidad de estos derechos entonces, se entiende que dicho imperativo se debe extender a todos los seres sintientes, o por lo menos a algunos de ellos. ACCION DE TUTELA PARA LA PROTECCION Y BIENESTAR ANIMAL-Declarar improcedencia excluye la posibilidad que se protejan los derechos de seres sintientes reconocidos en la Constitución (Aclaración de voto)Referencia: T-5.193.939Acción de tutela presentada por Henry Acuña Cordero contra la Personería Local de Fontibón, la Alcaldía Local de Fontibón, la Secretaría Distrital de Salud, el Centro Distrital de Zoonosis y la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá. Magistrado Ponente: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Con el respeto acostumbrado por las decisiones de la Sala de Revisión, me permito presentar la siguiente