Micelio
Sentencia de Tutela13 de enero de 2000

T-002 de 2000

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Maria Elena Vargas Vargas

Tema · dato duro
Tutela Contra Fiscalia. Proceso De Extincion De Dominio De Vivienda De La Peticionaria. Improcedencia De La Tutela Cuando Actuacion De La Autoridad Demandada No Constituye Violacion De Derechos. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Extincion De Dominio
  • Bienes de pariente de presunto narcotraficante
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá el 11 de junio de 1999, en la que se revocó la decisión del Juzgado Dieciséis de Familia y se negó la tutela de los derechos reclamados por María Elena Vargas Vargas.
  2. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.