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SU.567/15
Aclaración de votoSentencia de Unificación SU.567/153 de septiembre de 2015

Aclaración de voto

MagistradosMauricio González Cuervo·Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Aclaración conjunto de Mauricio González Cuervo y Gabriel Eduardo Mendoza Martelo — comparten un mismo texto.

Tema de la sentencia: Derecho A Solicitar La Revision De Las Pensiones Es Imprescriptible Y Se Puede Ejercer La Accion En Cualquier Tiempo.

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO MAURICIO GONZALEZ CUERVO A LA SENTENCIA SU567 15 Expediente T-4431479, M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.Comparto la decisión de la Sala Plena en reiterar que la solicitud de la revisión de las pensiones es imprescriptible, de modo que puede ejercerse la acción ordinaria laboral o contenciosa correspondiente en cualquier tiempo. No obstante, aclaro mi voto frente a la connotación de “factor salarial” dada por la sentencia a la petición de la tutelante. Lo anterior, puesto que en el caso concreto, la Corte procedió a tutelar los derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social de la señora Martha Cancino Bermúdez y en consecuencia, resolvió dejar sin efecto las decisiones judiciales de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal superior de Santa Marta y del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá, por medio de las cuales se había declarado probada la excepción de prescripción con respecto a la reclamación que elevó la demandante para que el Banco de la República reajustara su pensión, teniendo en cuenta un nuevo factor salarial en la liquidación. Asunto del que discrepo, por cuanto la naturaleza de remuneratorio o salarial, en estos casos solo puede ser calificada por el juez natural, tal y como se resolvió en la SU-298 de 2015. Respetuosamente, MAURICIO GONZALEZ CUERVOMagistrado