Micelio
Sentencia de Unificación14 de noviembre de 2024Sala Plena

SU- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Fundacion Colegio Bilingìe De Valledupar·Demandado Sala De Descongestion Numero Dos De La Sala De Casacion Laboral De La Corte Suprema De Justicia

Tema · dato duro
Tutela Contra Providencias Judiciales En Asunto Laboral (Estipulación De Salario Integral Exige Formalismo)-Efectos Del Cambio Del Precedente Judicial De Las Altas Cortes Y Su Aplicación En El Tiempo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por inexistencia de defecto sustantivo por desconocimiento del precedente horizontal de la Corte Suprema de Justicia
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Trabajo
  • Fin esencial del Estado, principio fundante y derecho fundamental
Pacto De Salario Integral
  • Requisitos de validez
  • Exige documento suscrito
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
  • Jurisprudencia Constitucional
Precedente Judicial Horizontal Y Vertical
  • Alcance y carácter vinculante
Separacion Del Precedente
  • Carga argumentativa de transparencia y suficiencia del juez para apartarse del precedente
Derecho Al Trabajo
  • Triple dimensión
  • Principios mínimos fundamentales
  • Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
Principios De Favorabilidad Laboral E In Dubio Pro Operario
  • Distinción
  • Hace referencia al deber de los operadores jurídicos de aplicar, en caso de duda, la fuente formal de derecho vigente más favorable al trabajador, o la interpretación de esas fuentes que le sea más favorable
Salario
  • Noción en términos de la OIT
  • Factores que lo integran
  • Concepto y objeto
Fenomenos De Flexibilizacion Laboral
  • Jurisprudencia constitucional
Proteccion Laboral E Igualdad Salarial
  • Jurisprudencia constitucional
Salario Integral
  • Concepto
  • Monto mínimo
Precedente Judicial
  • Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
  • Efecto retrospectivo
  • Efecto prospectivo
  • Finalidad
Contrato De Trabajo
  • Validez y eficacia del pacto de salario integral
Defecto Sustantivo
  • Presupuestos para su configuración
Accion De Tutela Contra Sentencias De Altas Cortes
  • Requisitos generales de procedencia requiere argumentación y análisis más riguroso
Desconocimiento Del Precedente Judicial
  • Reiteración de jurisprudencia
27 temas · 39 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso un colegio privado cuestionó la decisión judicial que declaró la inexistencia del pacto de salario integral de un trabajador de rango directivo y que llevó a la imposición de condenas por acreencias laborales a su cargo.

Se atribuyó a la mencionada providencia los defectos sustantivo y desconocimiento del precedente y, consecuentemente, la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, a la recta administración de justicia, a la igualdad y la equidad, a la lealtad procesal y a la confianza legítima.

Se verificó el cumplimiento de los presupuestos generales de procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se reiteró jurisprudencia sobre ellos fines, principios y garantías mínimas del derecho del trabajo.

Así mismo, se abordó temática referente al salario integral como excepción del régimen salarial ordinario y las reglas legales y jurisprudenciales para probar la existencia del pacto de salario integral.

Concluyó la Corte que la autoridad judicial no incurrió en los defectos alegados, pues tomó su decisión con sujeción a lo dispuesto en las normas laborales y en atención al criterio jurisprudencial del órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria laboral y de la seguridad social vigente en la materia.

Con base en lo anterior, se NEGÓ el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela de 30 de agosto de 2023 por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmó la decisión de primera instancia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 27 de junio de 2023, en la que se negó el amparo solicitado por la Fundación Colegio Bilingüe de Valledupar. En consecuencia, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la institución educativa mencionada.
  2. Segundo. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del juez de tutela de primera instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerSalvamentoJosé Fernando Reyes CuartasSalvamentoJorge Enrique Ibáñez Najar
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.