ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA DIANA FAJARDO RIVERA A LA SENTENCIA SU.417/24 Referencia: expediente T-10.116.823. Acción de tutela de la Procuraduría General de la Nación contra la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado. Magistrado sustanciador: Jorge Enrique Ibáñez Najar. El valor de la sujeción a la cosa juzgada en un Estado constitucional
1. Con el acostumbrado respeto por las providencias de la Sala Plena, presento las razones que me llevaron a aclarar el voto a la Sentencia SU-417 de 2024. Compartí con la mayoría la decisión de proteger el derecho al debido proceso de la Procuraduría General de la Nación y las medidas que se adoptaron respecto del caso concreto, así como el exhorto y los llamados realizados a efectos de garantizar la supremacía de la Constitución.
2. Sin embargo, estimé necesario presentar este voto particular porque no comparto la postura actual de la Corte Constitucional sobre la competencia de la Procuraduría General de la Nación para imponer sanciones disciplinarias de destitución, inhabilitación y suspensión a servidores públicos de elección popular con posterioridad a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia, tal como lo manifesté en el salvamento parcial de voto a la Sentencia C-030 de 2023 y lo precisé en la