ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER A LA SENTENCIA SU.382/24 Estoy de acuerdo con la decisión tomada en la sentencia SU-382 de 2024. Sin embargo, aclaro mi voto porque anteriormente salvé parcialmente el voto en la Sentencia C-030 de 2023, en la cual la decisión de unificación se apoya en buena parte de su justificación. El salvamento parcial de voto en la Sentencia C-030 de 2023 se fundó en el rechazo parcial a la decisión mayoritaria que, si bien consistió en declarar la inexequibilidad de la norma que atribuyó funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación (PGN), asunto con el cual estuve de acuerdo, dado que no se adoptaron medidas adicionales, implicó que operara la reviviscencia de la norma anterior. En consecuencia, la Sala Plena devolvió a la PGN la competencia administrativa para imponer a los servidores de elección popular las sanciones disciplinarias de suspensión, destitución e inhabilidad. A mi juicio, este remedio judicial desconoció los precedentes establecidos en las sentencias C-146 de 2021 y C-091 de 2022, y tuvo otras consecuencias inconstitucionales, explicadas detalladamente en el mencionado salvamento parcial de voto. Por estas razones, aclaro mi voto. Fecha ut supra. CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrada
Aclaración de voto
MagistradoCristina Pardo Schlesinger
Tema de la sentencia: Vulneración Del Debido Proceso A Procuraduría General De La Nación-Desconocimiento Del Precedente, Violación Directa De La Constitución Y Ausencia De Motivación. Destitución E Inhabilidad De Servidores Públicos De Elección Popular. Armonización Del Sistema Interamericano, Control De Convencionalidad Y Bloque De Constitucionalidad.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado