Sentencia de Unificación3 de julio de 2026Sala Plena
SU-164 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el 13 de agosto de 2025 por la Sala de Casaci�n Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que confirm� la decisi�n dictada el 16 de julio de 2025 por la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la misma corporaci�n, dentro de la acci�n de tutela promovida por Hecson Alexys Benito Castro contra la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia, �nicamente en cuanto NEG� el amparo frente al cargo relacionado con la presunta incompatibilidad de la defensa t�cnica conjunta.
- Segundo. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia proferida el 13 de agosto de 2025 por la Sala de Casaci�n Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que confirm� la decisi�n dictada el 16 de julio de 2025 por la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la misma corporaci�n, dentro de la acci�n de tutela promovida por Hecson Alexys Benito Castro contra la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia, respecto de los cargos fundados en la falta de solicitud del Manual de Funciones de los empleados de la Alcald�a de Santa Rosal�a y en la ausencia de pr�ctica de algunos testimonios decretados en la audiencia preparatoria. En su lugar, declarar la IMPROCEDENCIA de la solicitud de tutela frente a esos reproches, por las razones expuestas en la parte motiva de la sentencia.
- Tercero. Por Secretar�a General de la Corte Constitucional, L�BRENSE las comunicaciones a que se refiere el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Con aclaraci�n de voto CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.2. [2] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.2. [3] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.2. [4] En la acusaci�n presentada se se�al� que el alcalde instruy� a Ram�n Caribana Catimay para ejecutar la obra por sus propios medios, con la promesa de un reconocimiento econ�mico. En cumplimiento de ello, este contact� a Custodio Medina, quien junto con Dar�o Caribana, Jos� Pl�cido Chamarravy Catimay y Jer�nimo Chamarravy Catimay construy� el puente en seis d�as. Los pagos fueron de 60.000 pesos diarios para el maestro de obra y 30.000 para los dem�s trabajadores, asumidos por Fabi�n Romero Granados. A su vez, el alcalde entreg� a Ram�n Caribana Catimay la suma de 3.000.000 de pesos, destinada a materiales y manutenci�n, utilizando madera extra�da de la zona. [5] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.82. Asunto de relevancia para el Tribunal Superior de Villavicencio. [6] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.84. Sentencia de segunda instancia, Tribunal Superior de Villavicencio. [7] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.61. [8] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.83. Sentencia de segunda instancia, Tribunal Superior de Villavicencio. [9] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.2, Pg. 31 y 88. [10] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.3, Pg. 31 y 85. [11] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg.62. Antecedentes procesales. [12] Archivo digital del expediente T-11.569.794. Sentencia Penal de Primera Instancia. Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carre�o. �el delito de peculado por apropiaci�n (Art. 397 del C�digo Penal) en su inciso 3�, conducta consumada, a t�tulo de dolo, en calidad de coautores, concurriendo para ambos procesados circunstancia de menor punibilidad (Art. 55 No. 1� del C.P) y enrostr�ndoseles la de mayor punibilidad contemplada en el numeral 10� del articulo 58 ibidem�. [13] Sentencia Penal de Primera Instancia . Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carre�o. En audiencia del 09 de julio de 2019 el Despacho decret� la conexidad de los radicados 990016000646-2015-00086-00 de Hecson Alexis Benito Castro y Aureliano Rodr�guez Catimay y el radicado 990016000000-2018-00011 de Wilfredo Castillo Tovar, orden�ndose que el proceso penal se siguiera adelantando con la radicaci�n primigenia 990016000646-2015-00086-00, sin que se hicieran nuevas solicitudes probatorias por las partes, manteni�ndose el decreto probatorio de la audiencia del 16 de mayo de 2018. [14] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg. 58. [15] Archivo digital del expediente T-11.569.794. �0002Demanda�. Pg. 59. [16] Archivo digital del expediente T- 11.569.794. Sentencia Penal de Primea Instancia . Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carre�o. �El primer punto que tendr� en cuenta el Despacho tiene que ver con la relaci�n de los hechos jur�dicamente relevantes planteados por la Fiscal�a General de la Naci�n, que en criterio de esta c�lula judicial no fueron planteados de manera clara, completa y suficiente, lo que hizo que el estudio del caso no pudiera abordarse de manera concisa y de paso pudo dar al traste con derechos como el debido proceso �congruencia y defensa-, que est� en cabeza de los acusados�. [17] Archivo digital del expediente T- 11.569.794. Sentencia Penal de Primea Instancia . Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carre�o. �fij� un supuesto f�ctico, derivado de la construcci�n de un puente sobre el rio G�ichire en el municipio de Santa Rosal�a, y que el mismo fue asignado a un contratista por el valor de $15.590.769.87, quien en ning�n momento fue ubicado en la escena de los hechos; y que seg�n se dice HECSON ALEXYS BENITO CASTRO, alcalde del municipio de Santa Rosal�a, le pago a cuenta propia al se�or RAMON CARIBANA CATIMAY la suma de $ 3.000.000 pa
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.