SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DE LA MAGISTRADA DIANA FAJARDO RIVERA A LA SENTENCIA SU108 DE 2018 ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES PARA INDEXACION DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL-Cambio de jurisprudencia sobre la valoración del requisito de inmediatez es constitucionalmente injustificado (Salvamento parcial de voto)Se trata de una lectura irreflexiva de tal institución (la de la cosa juzgada), que ignora que ésta también se funda sobre la base de la garantía de los derechos constitucionales, por lo cual no admite una lectura eminentemente formal, sino principalmente sustancialACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES PARA INDEXACION DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL-Cambio de precedente en requisito de inmediatez no era aplicable al caso del accionante, pues al reducir el ámbito de protección de un derecho fundamental sólo debe tener efectos hacia el futuro (Salvamento parcial de voto)(M.P. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO)Con el respeto acostumbrado por las decisiones de la Corte Constitucional, presento mi
Salvamento parcial de voto
MagistradoDiana Constanza Fajardo Rivera
Tema de la sentencia: Obsservancia Del Requisito De Inmediatez En Accion De Tutela Contra Providencia Judicial Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado