C-986 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Julio Ernesto Hencker Arcila
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 36 de 1973.
Por la cual se reconoce el periodismo como una profesión y se reglamenta su ejercicio y se dictan otras disposiciones.
Asegura el demandante que con la declaratoria de inexequibilidad de la ley 51 de 1975 por parte de la corte constitucional en la sentencia c-087 de 1998 recobró vida jurídica la ley ahora acusada y como el contenido de ésta es casi idéntico a pesar de contener dos artículos más adolece de los mismos vicios de inconstitucionalidad que la anterior.
Cosa juzgada.
Estarse a lo resuelto en la sentencia del 8 de agosto de 1974 proferida por la sala plena de la corte suprema de justicia que declaro inexequible la ley 136 de 1973
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 36/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia del 8 de agosto de 1974, proferida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, que declaro inexequible la Ley 36 de 1973.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.