Salvamento de voto del Magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz a la Sentencia C–347 de 1997 M.P. Jorge Arango Mejía. Por medio de la cual se expide el estatuto de arbitraje nacional e internacional y se dictan otras disposiciones. Artículo 1 Ley 1562 de 2012. Artículo 58 de la Ley 1562 de 2012. Artículo 62 de la Ley 1562 de 2012. Artículo 64 Ley 1562 de 2012. Artículos 69 a
71. Artículo 72 a
78. Artículo
79. Artículo 80 al
90. Artículo 101 a
116. La información es tomada de la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores disponible en. http: apw.cancilleria.gov.co tratados SitePages BuscadorTratados.aspx?TemaId=34&Tipo=M artículo
41. Artículo 51 al 90 artículo
73. Artículo
37. Sentencia C-381 de 1996 M.P. Hernando Herrera Vergara. Artículo 1 al 8 artículo
1. Artículo 5 al
8. Artículo
1. Artículo
2. Artículo
1. Artículo
2. Ibídem. Artículo 5 artículo
6. Artículo
1. Artículo
2. Artículo 1 artículo
3. Artículo
5. Artículo
1. Artículo
4. Artículo
7. En vigencia por Ley 26 de 1929. Aprobado por Ley 14 de 1941 Aprobado por Ley 37 de 1961. El procedimiento se encuentra establecido en los artículos 39 al
49. Aprobada por Ley 39 de 1990. Aprobado por Ley 267 de 1996 cuya constitucionalidad fue revisada en Sentencia C – 442 de 1996 M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz. Aprobada por Ley 44 de 1986. Aprobada por la Ley 16 de 1981. Aprobado por Ley 149 de 1994 cuya constitucionalidad fue revisada en sentencia C–203 de 1995 M.P. José Gregorio Hernández Galindo. El artículo 4 del anexo II estableció el procedimiento del juicio arbitral. Aprobado por Ley 111 de 1994, su constitucionalidad fue revisada en sentencia C–390 de 1994. M.P. Fabio Morón Diaz. El anexo A del Convenio de administración establece el procedimiento del juicio de arbitraje de los artículos 1 al
5. Contenida en el artículo 10 del“Acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho y firmado en Bogotá D.C., el 31 de marzo de 2005. Sentencia C–169 de 2012 M.P Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. M.P. Mauricio González Cuervo. En esta sentencia se reiteró lo manifestado en sentencia C–864 de 2006 M.P. Rodrigo Escobar Gil; Sentencia C–750 de 2008 M.P. Clara Inés Vargas Hernández. Sentencia C–199 de 2012 M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Benetti Salgar. Ob. Cit. Pág.
98. Artículo 25, 27, 28, 30, 31 del Acuerdo. Fol. 21 cuaderno principal.