SALVAMENTO DE VOTO A LA SENTENCIA C-930 DE 2007 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIATRAMITE LEGISLATIVO EN MATERIA TRIBUTARIA-Aplicación rigurosa de los requisitos y etapas previstas en la Constitución (Salvamento de voto)SESION CONJUNTA DE CAMARAS LEGISLATIVAS-No excepciona cumplimiento de requisitos (Salvamento de voto)Referencia: Expediente D-6814Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, “por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997 prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002 y se modifican algunas de sus disposiciones” Magistrado Ponente: RODRIGO ESCOBAR GILCon el respeto acostumbrado por las decisiones de esta Corte, me permito manifestar mi discrepancia frente a la presente decisión, por cuanto considero que la sesión conjunta de las Cámaras Legislativas no excepciona el cumplimiento de los requisitos y demás etapas previstas en la Constitución Política para la aprobación de una Ley de la República y, en particular, el mandato contenido en el artículo 154 Superior, relativo a que todo proyecto de ley sobre tributos debe iniciar su trámite en la Cámara de Representantes. En este mismo sentido, considero también que si bien en el caso de la sesión conjunta la deliberación es conjunta, la votación tiene que ser separada. En este caso, no se constata que así haya ocurrido.Por las razones expuestas, considero que el artículo 6º de la Ley 1106 de 2006 debe ser declarado inexequible. Con fundamento en lo anterior, salvo mi voto a la presente sentencia.Fecha ut supra.JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-229 de 2003. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-782 de 1999. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-229 de 2003. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Ibídem. Ibídem. Ibídem. Ibídem. Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-229 de 2003. M. P. Rodrigo Escobar Gil. Cfr. Corte Constitucional, Sentencias C-407 de 1995. M. P. Eduardo Cifuentes Muñoz y C-058 de 2002 M. P. Alvaro Tafur Galvis. Cfr. Corte Constitucional, Sentencias C-955 de 2000. M. P José Gregorio Hernández Galindo, C-058 de 2002 M. P. Alvaro Tafur Galvis y C-369 de 2002 M. P. Eduardo Montealegre Lynett. Cfr. Gaceta del Congreso No. 245 del martes 25 de julio de 2006, paginas 26 y siguientes. Cfr. Gaceta del Congreso No. 587 del jueves 30 de noviembre de 2006, páginas 1 y siguientes. Cfr. Gaceta del Congreso No. 588 del jueves 30 de noviembre de 2006, páginas 1 y siguientes. Cfr. Gaceta del Congreso No. 589 del jueves 30 de noviembre de 2006, páginas 1 y siguientes. Cfr. Gaceta del Congreso No. 590 del jueves 30 de noviembre de 2006, páginas 1 y siguientes. Cfr. Gaceta del Congreso No. 456 del viernes 13 de octubre de 2006, páginas 7 y
8. Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-955 de 2000. M. P José Gregorio Hernández Galindo.