C-743 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Carlos Andres Bolaños Arias Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fijación de requisitos para cargos en Instituto de Medicina Legal
- Modificación de estructura del Instituto de Medicina Legal
- Temporalidad
- Conformación y presidencia
- Adscripción a la Fiscalía General
- Naturaleza de la adscripción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 261 de 2000.
Art. 5 (p). 17 (p).46 (p).
Y 51(p).
Estructura de la fiscalia general de la nacion.
Funciones.
Instituto nacional de medicina legal como miembro adscrito a la fiscalia general.
Junta directiva.
Violacion art. 150.
No 10 de la carta.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 261/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar exequibles las expresiones demandadas de los artículos 5, numeral 2.1.1., 17, numeral 23, 46 y 51, del Decreto 261 de 2000, "Por el cual se modifica la estructura de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones". En consecuencia, se declaran exequibles las siguientes expresiones : del artículo 5, numeral 2.1.1 :"Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses"; del artículo 17, numeral 23, la expresión : "Nombrar, remover y definir las situaciones administrativas del Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses"; del artículo 46, la expresión : "se encuentra adscrito a la Fiscalía General de la Nación"; y, del artículo 51, la expresión : "el Fiscal General de la Nación o el Vicefiscal quien la presidirá".
- Segundo. Inhibirse de pronunciarse sobre la expresión "el Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia o su delegado" contenida en el artículo 51 del Decreto 261 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.