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C-735/07
Aclaración de votoSentencia de Constitucionalidad C-735/0719 de septiembre de 2007

Aclaración de voto

MagistradosJaime Araujo Rentería·Alvaro Tafur Galvis

Aclaración conjunto de Jaime Araujo Rentería y Alvaro Tafur Galvis — comparten un mismo texto.

Tema de la sentencia: Entidades Territoriales. Competencia Para La Liquidación De Entidades Públicas

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Aclaración de voto del Magistrado Jaime Araújo Rentería. Sentencia C-138 de 2007, M. P. Alvaro Tafur Gálvis. Conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del

C.

C. A., subrogado por el Art. 1° de la Ley 1107 de 2006, "la jurisdicción de lo contencioso administrativo está instituida para juzgar las controversias y litigios originados en la actividad de las entidades públicas incluidas las sociedades de economía mixta con capital público superior al 50% y de las personas privadas que desempeñen funciones propias de los distintos órganos del Estado (…)". Sentencia C-105 de 2004, M. P. Jaime Araújo Rentería; Aclaración de Voto de Jaime Araújo Rentería y Alfredo Beltrán Sierra. Sentencia C-019 de 2007, M. P. Jaime Araújo Rentería.