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C-658/16
Salvamento de votoSentencia de Constitucionalidad C-658/1628 de noviembre de 2016

Salvamento de voto

MagistradosLuis Guillermo Guerrero Pérez·Alejandro Linares Cantillo·Gabriel Eduardo Mendoza Martelo·Gloria Stella Ortiz Delgado

Salvamento conjunto de Luis Guillermo Guerrero Pérez, Alejandro Linares Cantillo, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo y Gloria Stella Ortiz Delgado — comparten un mismo texto.

Tema de la sentencia: Pensión Familiar. Afiliación De Los Cónyuges O Compañeros Permanentes Al Mismo Régimen De Pensiones. En Caso De Fallecimiento De Los Cónyuges O Compañeros Permanentes Y Audiencia De Hijos Beneficiarios, La Pensión Familiar Se Agota

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

salvamento de voto de los magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Gloria Stella Ortiz Delgado y el suscrito Alejandro Linares Cantillo. Sentencia C-427 de 2000 MP. Vladimiro Naranjo Mesa. En esta oportunidad salvaron el voto de los magistrados María Victoria Calle Correa, Jorge Iván Palacio Palacio y Alberto Rojas Ríos. MP. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Gaceta 500 del 9 de agosto de 2010. En dicha oportunidad se justificó el uso de la modalidad intermedia de la siguiente forma: “De conformidad con el nivel intermedio del juicio de constitucionalidad que se ha aplicado, procede reiterar que solo en aquellos casos en los cuales una ley que establezca un derecho prestacional consagre un trato discriminatorio, o vulnere concretos y específicos mandatos constitucionales, puede la Corte formular el correspondiente reproche, pues salvo en estos específicos eventos, la configuración más o menos amplia, de tales derechos, o la forma en la cual han de ser liquidados, o los requisitos que se establecen para acceder a los mismos, son asuntos que hacen parte de la órbita del poder legislativo. Tal y como ocurrió en el caso del requisito de fidelidad de la pensión de invalidez declarado inexequible por parte de esta Corporación en la sentencia C-428 de 2009 MP. Mauricio González Cuervo. M. P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo M. P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo