ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADAMARÍA VICTORIA CALLE CORREA A LA SENTENCIA C-633 16Ref.: Expediente OG-148 Asunto: Objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 207 de 2012 Cámara, 113 de 2013 Senado, ‘Por medio de la cual se crea el fondo de fomento parafiscal fiquero, se establecen normas para el recaudo y administración de la cuota de fomento fiquero y se dictan otras disposiciones’. Magistrado sustanciador:LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZComparto esta decisión, pero aclaro el voto para hacer una precisión. En este caso la Corte resolvió devolver las actuaciones a la Cámara de origen, para que rehaga e integre el texto de la iniciativa, en términos concordantes con la presente sentencia, y luego lo devuelva a esta Corporación para tomar una determinación definitiva. Se discutió en este proceso si procedía esa resolución o, en su lugar, aplicar el artículo 200 de la Ley 5 de 1992, de acuerdo con el cual el proyecto de ley debe archivarse si una Cámara encuentra fundadas las objeciones, pero la otra no. Esta norma se justifica como una garantía de unidad en la expresión de la voluntad legislativa, ante posiciones diversas de las cámaras. Sin embargo, es claro que esa hipótesis no concurría en este caso, pues no hubo manifestaciones discrepantes en una y otra cámara, y no se necesitaba por tanto apelar una regla que busca dirimir discrepancias. Archivar la totalidad del proyecto supondría asimismo obstruir la realización de la voluntad mayoritaria, representada en la aprobación de un articulado no objetado y del informe de objeciones, el cual recibió aprobación, aunque con vicios, por el Senado y la Cámara. Por tanto, una decisión de esa naturaleza carecería de justificación en el texto y en el propósito de la norma legal referida, y sería contraria al principio democrático que debe informar la interpretación del procedimiento legislativo, y de sus vicios.En estos términos dejo consignados los motivos de mi aclaración de voto.Fecha ut supra,MARÍA VICTORIA CALLE CORREAMagistrada
Aclaración de voto
MagistradoMaría Victoria Calle Correa
Tema de la sentencia: Fondo Fomento Fiquero. Administración Y Método De Recaudo De Recursos Del Sector.
✓
Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado