Providencias que cita
C-623/98 invoca estas providencias en su argumentación. · 3 en total.
Volver a la ficha de C-623/98C-126/95Constitucionalidad1995
Ley 100/93. Varios Arts. Incremento En Las Edades Para Tener Acceso A La Pension De Vejez A Partir Del Año 2014. Exequible Y Estarse A Lo Resuelto En La <a Href=../1994/C-409-94.Rtf> C-409/94</A>.
C-410/94Constitucionalidad1994
Ley 100/93. Varios Arts. Requisitos En Materia De Edad Para Tener Derecho A La Pension De Vejez. Exequibles.
C-012/94Constitucionalidad1994
Ley 71/88. Art.7 Paragrafo. Acumulacion De Tiempo Para Pensiones Tanto En El Sector Publico Como En El Privado. Inexequible.