Salvamento de voto a la Sentencia C-617 02 DERECHO DE ASOCIACION SINDICAL-Dimensiones (Adición al Salvamento parcial de voto)El derecho de asociación tiene una dimensión positiva y una dimensión negativa. La proyección positiva se traduce en que todas las personas naturales o jurídicas pueden, si lo desean, asociarse con cualquier fin, bien para asociaciones con connotaciones especiales, como por ejemplo, por afinidades políticas (partidos políticos); por afinidades religiosas (iglesias); en defensa de los intereses de los trabajadores (sindicatos); o con fines más generales (asociaciones, fundaciones, sociedades, etc.). La dimensión positiva protege entonces el derecho de asociarse. La dimensión negativa del derecho de asociación, general o específica, se traduce en que las personas naturales o jurídicas tienen también el derecho a no asociarse y, lo que es más importante, a retirarse o a salirse de una asociación, en cualquier momento. No puede afirmarse que porque entraron voluntariamente a una asociación ahora no pueden salirse de ella, ya que quienes voluntariamente se asocian, aunque pacten un término, pueden retirarse de la asociación en cualquier momento.DERECHO DE ASOCIACION NEGATIVO-No establecimiento de término (Adición al Salvamento parcial de voto)DERECHO DE RETIRO DE ASOCIACION-Protección constitucional (Adición al salvamento parcial de voto)Ref.: Expediente D-3898Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 2, 6, 16, 22, 23, 24, 27, 29, 30, 39, 42, 56, 57, 60, 64, 72, 74, 76, 88, 111, parciales, de la Ley 715 de 2001, "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros".Magistrados Ponentes: Alfredo Beltrán Sierra y Jaime Córdoba Triviño.Me permito adicionar al salvamento parcial de voto que presentamos conjuntamente con el Magistrado Alfredo Beltrán Sierra, respecto del artículo 88 de la Ley 715 de 2001, pues es violatorio del artículo 38 de la Constitución Política, como paso a demostrarlo:1. El derecho de asociación tiene una dimensión positiva y una dimensión negativa. La proyección positiva se traduce en que todas las personas naturales o jurídicas pueden, si lo desean, asociarse con cualquier fin, bien para asociaciones con connotaciones especiales, como por ejemplo, por afinidades políticas (partidos políticos); por afinidades religiosas (iglesias); en defensa de los intereses de los trabajadores (sindicatos); o con fines más generales (asociaciones, fundaciones, sociedades, etc.). La dimensión positiva protege entonces el derecho de asociarse.2. La dimensión negativa del derecho de asociación, general o específica, se traduce en que las personas naturales o jurídicas tienen también el derecho a no asociarse y, lo que es más importante, a retirarse o a salirse de una asociación, en cualquier momento. No puede afirmarse que porque entraron voluntariamente a una asociación ahora no pueden salirse de ella, ya que quienes voluntariamente se asocian, aunque pacten un término, pueden retirarse de la asociación en cualquier momento.3. Precisamente por vulnerar la dimensión negativa del derecho de asociación es inconstitucional el aparte demandado del artículo 88, que establece un término mínimo de 5 años durante el cual deben permanecer asociados toda vez que los asociados pueden retirarse antes de este término pues el derecho de retiro de la asociación se encuentra protegido por el artículo 38 de la Constitución Nacional.Lo dicho en relación con la asociación para la prestación de servicios es igualmente válido para las otras asociaciones generales o especiales, como son las asociaciones políticas, religiosas o sindicales ya que el miembro del partido político, del grupo religioso o del sindicato pueden abandonarlo en el momento que desee. En los anteriores términos, respetuosamente dejo consignada la adición a mi salvamento parcial de voto sobre el asunto de la referencia.Fecha ut supra.JAIME ARAUJO RENTERIAMagistrado ---pies de página---
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Distribucion Recursos Y Competencias Entre La Nacion Y Entidades Territoriales. Prestacion Servicios De Educacion Y Salud.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado