Saltar al texto del voto
Volver a la ficha
C-612/13
Salvamento parcial de votoSentencia de Constitucionalidad C-612/134 de septiembre de 2013

Salvamento parcial de voto

MagistradoMauricio González Cuervo

Tema de la sentencia: Configuracion Legislativa En Materia De Inhabilidades E Incompatibilidades De Servidores Publicos. Sujeción A Parámetros Establecidos De Manera Explícita Por La Misma Constitución, Así Como A Criterios De Razonabilidad Y Proporcionalidad De La Medida

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO DEL MAGISTRADOMAURICIO GONZALEZ CUERVO A LA SENTENCIA C-612 13Demanda de inconstitucionalidad contra la expresión “sancionados disciplinariamente” contenida en el artículo 79 de la Ley 1579 de 2012 “Por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos”.A continuación expongo los motivos que me llevan a apartarme de la decisión mayoritaria tomada por la Sala.Considero que la expresión “sancionados disciplinariamente” contenida en el artículo 79 de la Ley 1579 de 2012, no es un impedimento sino una inhabilidad que restringe el acceso al cargo de Registrador de Instrumentos Públicos, pero que no determina una incompatibilidad general para acceder a la función pública a través de otros cargos.En otras palabras, al tratarse de un cargo relacionado con la fe pública, el abogado que es sancionado no podrá ser Registrador, sin embargo dicha sanción no comporta su “muerte civil”.Así, la disposición acusada es constitucional porque el legislador cuenta con un amplio margen de configuración para determinar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los servidores públicos, y en particular del cargo de Registrador de Instrumentos Públicos, tal y como se desprende de los artículos 123 y 124 de la Constitución. Al cumplir la función del Registrador fines constitucionales imperiosos, se requiere que las personas que aspiren a ocuparlo tengan una hoja de vida intachable.En este sentido, no resulta desproporcionado que el legislador exija que para ocupar el cargo de Registrador de Instrumentos Públicos se requiera que los aspirantes no hayan sido sancionados disciplinariamente. Respetuosamente, MAURICIO GONZALEZ CUERVO Magistrado