SALVAMENTO DE VOTO DEL MAGISTRADOMAURICIO GONZALEZ CUERVO A LA SENTENCIA C-583 15INFORMACION MINIMA SOBRE ALIMENTOS MODIFICADOS GENETICAMENTE-Congreso no incurrió en omisión legislativa relativa al enunciar elementos que componen la información mínima que debe suministrar el productor de un bien o servicio (Salvamento de voto)DERECHO DE INFORMACION A CONSUMIDORES SOBRE ALIMENTOS GENETICAMENTE MODIFICADOS-Ley 1480 de 2011 no es la única norma que regula la materia (Salvamento de voto)INFORMACION MINIMA SOBRE ALIMENTOS MODIFICADOS GENETICAMENTE-No compete a la Corte determinar su contenido ya que es del resorte exclusivo del Legislador (Salvamento de voto)Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 24 de la Ley 1480 de 2011 “Por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se expiden otras disposiciones”.A continuación expongo los motivos que me llevan a apartarme de la decisión mayoritaria tomada por la Sala.El Congreso no incurrió en una omisión legislativa relativa al enunciar los elementos que componen la información mínima que debe suministrar el productor de un bien o servicio.En efecto, el artículo 24 de la Ley 1480 de 2011 fue interpretado aisladamente y no se tuvo en cuenta en el análisis, que esta no es la única norma que regula la materia. Otras disposiciones, como por ejemplo la Resolución 4254 de 2011 expedida por el entonces Ministerio de Protección Social, prevén la obligación de informar si los alimentos que se ofrecen a los consumidores fueron modificados genéticamente. Al margen de lo anterior, no compete a la Corte determinar cuál debe ser el contenido de la información mínima de un producto alimenticio, asunto que es del resorte exclusivo del Legislador tal y como se desprende del artículo 78 Superior. En síntesis, considero que la norma debió ser declarada exequible en su totalidad. Respetuosamente, MAURICIO GONZALEZ CUERVO Magistrado
Salvamento de voto
MagistradoMauricio González Cuervo
Tema de la sentencia: Estatuto Del Consumidor. Información Mínima Que Debe Suministrar El Productor.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado