Salvamento de voto de los magistrados Marco Gerardo Monroy Cabra y Rodrigo Escobar Gil. En la sentencia C-097 de 2003 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa, se hace un recuento histórico de las facultades extraordinarias y su redefinición en la Constitución de 1991, y se recoge la jurisprudencia constitucional en relación con la interpretación restrictiva de las facultades extraordinarias realizada por esta Corporación. Ibídem Cfr. C-480 93, C-080 94, C-428 97, C-140 98, C-097 03, entre otras. Cfr. Sent. C-725 00 M.P. Alfredo Beltrán Sierra Sentencia C-428 de 1997 MP José Gregorio Hernández Galindo Sentencia C-121 de 2004 MP Alfredo Beltrán Sierra Ley 790 de 2003, artículo 20: “Artículo
20. Entidades que no se suprimirán. En desarrollo del Programa de Renovación de la administración Pública el Gobierno Nacional no podrá suprimir, liquidar ni fusionar el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), el instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Instituto de Seguros Sociales (ISS), el INCI, el INSOR, el Instituto Caro y Cuervo ni la Corporación Nasa Kiwe, esta última hasta tanto no culmine la misión para la cual fue creada. Los ahorros realizados en el proceso de reestructuración de dichas entidades, serán destinados a una mayor cobertura de los servicios prestados por ellas.” Sentencia C-349 de 2004 MP Marco Gerardo Monroy Cabra