Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de noviembre de 2023Sala Plena

C-490 de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Manzano Macías Sergio Y Otros·Demandado Ley 1025 De 2006

Tema · dato duro
Feria De Manizales Y Feria Taurina De Manizales. Declaración Como Patrimonio Cultural De La Nación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concepto De Violacion En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Exigencias argumentativas
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1 (parcial), artículo 2 y artículo 3 (parcial) de la Ley 1025 de 2006, por medio de la cual se declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Manizales, en el departamento de Caldas y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes consideran que los apartes normativos cuestionados son contrarios a lo dispuesto en el Preámbulo y a los artículos 1, 2, 4, 8, 9, 16, 18, 79, 85, 93 y 95 de la Constitución, a los artículos 1 y 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, a los artículos 12 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a los principios 1, 2 y 19 de la Declaración de Estocolmo, al numeral 1 de la Carta Mundial de la Naturaleza, los numerales 1 y 2 del artículo 11 del Protocolo de San Salvador, a los principios 1, 3, 4, 7, 11, 15 y 25 de la Declaración de Río, al numeral 6 de la Sección I y a los numerales 24 y 25 de la Sección V de la Declaración del Milenio - Resolución (A/55/L.2) de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas.

La Corte se INHIBIÓ de emitir pronunciamiento de fondo, por no evidenciar el cumplimiento de los requisitos argumentativos señalados y reiterados de manera constante en la jurisprudencia constitucional.

En concreto, la Sala Plena concluyó que la demanda no logró acreditar las condiciones de claridad, especificidad, certeza, pertinencia y suficiencia, como tampoco logró despertar una duda razonable que habilitara a la Corporación para avanzar en con control de constitucionalidad de las disposiciones acusadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1025/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 1025/06INHIBITORIO
Art. 2Ley 1025/06 «de emitir un pronunciamiento de fondo respecto del artículo 2.»INHIBITORIO
Art. 3Ley 1025/06INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Declararse INHIBIDA de emitir un pronunciamiento de fondo respecto de los artículos 1 (parcial), 2 y 3 (parcial) de la Ley 1025 de 2006 "[p]or medio de la cual se declara como patrimonio cultural de la Nación a la Feria de Manizales y a la Feria Taurina de Manizales, en el departamento de Caldas y se dictan otras disposiciones", por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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